ORDEN 1096/2002, de 18 de marzo, por la que se convoca concurso público para la selección de proyectos educativos que integren el uso de los recursos informáticos en los procesos de enseñanza-aprendizaje y se desarrollen en centros públicos de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 1/1990, de 3 de octubre, de Ordenación General del Sistema Educativo establece en el artículo 55 que los poderes públicos prestarán atención prioritaria al conjunto de factores que favorezcan la calidad y mejora de la enseñanza, mientras que el artículo 56 recoge la responsabilidad de las Administraciones educativas en la formación del profesorado.

El Acuerdo para la Mejora de la Calidad del Sistema Educativo de la Comunidad de Madrid, firmado el 19 de enero de 1999, reconoce la importancia de la formación continua y permanente del profesorado y de la innovación educativa como instrumentos facilitadores de la actualización y adaptación de sus profesores a las nuevas exigencias educativas.

La Consejería de Educación pretende impulsar una formación del profesorado que favorezca la planificación y desarrollo de la misma en y desde el propio centro educativo, que responda a las necesidades y previsiones de formación del claustro, conduciendo así a una formación autoprogramada, a un proceso formativo del centro, que impulse el trabajo en equipo y potencie las actuaciones necesarias para el desarrollo progresivo de este proceso.

Desde esta perspectiva, la Consejería se propone arbitrar medidas que contribuyan a la mejora de la práctica profesional del profesorado, mediante el desarrollo de una línea de actuación que premie los mejores proyectos educativos.

La presente convocatoria tiene como objetivo fomentar la elaboración y desarrollo de proyectos mediante la práctica de experiencias que introduzcan los medios informáticos como recursos que supongan una nueva fuente de conocimiento que impulse el descubrimiento y construcción personal del pensamiento, sean una herramienta de gran valor en la atención a la diversidad del alumnado al permitir una individualización de su aprendizaje, fomenten la autoevaluación y sean un elemento motivador en su deseo de aprender e investigar.

Por otro lado, los medios informáticos son un recurso para el profesorado en su organización del trabajo, al contribuir a preparar su documentación personal, sus apoyaturas para la clase y el diseño de la acción docente para una comunicación más efectiva con sus alumnos.

Por todo ello, con el fin de incentivar entre el profesorado de los centros públicos el desarrollo de tales proyectos

DISPONGO

  1. Objeto y características de la convocatoria

    1. Objeto

      Apoyar la generalización del uso educativo de los medios informáticos mediante la selección de proyectos que promuevan la innovación y la renovación didáctico-metodológica de la práctica docente y se lleven a cabo durante los cursos 2002-03 y 2003-04.

    2. Características de la convocatoria

      La convocatoria pretende fomentar el uso de las tecnologías informáticas vinculando la innovación educativa, la formación del profesorado y la práctica docente.

      Para ello se ofrecen los siguientes recursos:

      ¾ Formación para el profesorado.

      ¾ Equipamiento e instalación en el centro seleccionado del equipo informático necesario para el desarrollo del proyecto.

      ¾ Creación de la figura del coordinador del proyecto.

      ¾ Publicación y difusión de las experiencias más sobresalientes.

      El órgano instructor del expediente de concesión será la Dirección General de Ordenación Académica, quien podrá recabar cuanta información precise de expertos en los temas sobre los que versan los proyectos presentados. Asimismo, podrá solicitar entrevistas con las personas responsables de tales proyectos.

  2. Destinatarios y requisitos

    1. Destinatarios

      Podrán participar en esta convocatoria los centros docentes públicos que impartan enseñanzas anteriores a la Universidad y se encuentren en el ámbito de gestión de la Comunidad de Madrid.

    2. Requisitos

      1. El proyecto será propuesto por un equipo docente de un mismo centro, contando con una participación en torno al 60 por 100 del profesorado del claustro. Podrá ser igualmente propuesto por Áreas, Ciclos o Departamentos concretos, en función del proyecto presentado y de los fines de la convocatoria, contando al menos, en este caso, con quince profesores participantes.

      2. El centro presentará una única solicitud, formulada en un proyecto común, patrocinado por la Dirección, asumido y ratificado por el Claustro y aprobado por el Consejo Escolar.

      3. El proyecto debe ser original, no publicado y no subvencionado en su totalidad con anterioridad.

  3. Proyecto, equipamiento y curso de formación

    1. Proyecto

      El proyecto que se presente, según Anexo II, atenderá a lo dispuesto en el artículo 4, primando el carácter innovador, la participación del alumnado y el aprovechamiento de los recursos informáticos con que se dote al centro. No podrá superar una extensión máxima de ocho páginas.

      Deberá indicarse el nombre del responsable que actuará como coordinador del proyecto y que representará al equipo participante.

      Podrá contarse con el asesoramiento del Centro de Apoyo al Profesorado de su ámbito, para el diseño y elaboración del proyecto a presentar.

      Cada proyecto tendrá una duración de dos cursos escolares. El centro se compromete a presentar una evaluación en proceso y un informe final, en el primer año de desarrollo, atendiendo al esquema que se detalla en el Anexo V que incluya el diseño y planificación de actuaciones formativas de continuación en el segundo año.

    2. ...

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