ORDEN 2120/2006, de 5 de junio, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se regula la concesión de ayudas para el Ayuntamiento para la promoción de determinadas actuaciones en materia de ahorro y eficiencia energética y se convocan para el ejercicio 2006.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 2120/2006, de 5 de junio, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se regula la concesión de ayudas para el Ayuntamiento para la promoción de determinadas actuaciones en materia de ahorro y eficiencia energética y se convocan para el ejercicio 2006.

Los problemas del abastecimiento de energía y la preocupación por las cuestiones relacionadas con el medio ambiente han generado un interés creciente por la racionalización del consumo energético, llegando a configurarse el ahorro y la eficiencia energética como políticas fundamentales de desarrollo energético en la Unión Europea. En este sentido, la Comunidad de Madrid viene desarrollando, en los últimos años, diversas iniciativas orientadas al uso eficaz de los recursos disponibles.

El Plan Energético de la Comunidad de Madrid 2004-2012 contempla la problemática específica de la región, que tiene un escaso nivel de autoabastecimiento energético y unos índices de intensidad energética en continuo aumento, por lo que se pretende realizar diversas iniciativas que conduzcan a gastar menos (ahorro) y gastar mejor (eficiencia).

Dicho Plan establece unas líneas de actuación y unos objetivos ambiciosos para el fomento del uso eficiente de la energía, con el fin de reducir progresivamente la demanda de energía total prevista, y alcanzar para el año 2012 una disminución del 10 por 100 respecto del consumo tendencial. El efectivo desarrollo de estas medidas contribuirá a aumentar la seguridad de abastecimiento, a proteger el medio ambiente y a servir de elemento incentivador de la industria y el empleo regionales.

En desarrollo de dicha línea de actuación del Plan Energético, por medio de la Orden 59/2006, de 11 de enero, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se regula la concesión de ayudas, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional, para la promoción del ahorro y la eficiencia energética y se convocan para el ejercicio 2006, se establecieron las bases reguladoras de ayudas que otorga la Comunidad de Madrid sobre proyectos y actuaciones de ahorro y eficiencia energética y se convocaron para el ejercicio 2006, con el objetivo de mejorar el autoabastecimiento energético y la protección del medio ambiente.

Por otro lado, la Comunidad de Madrid y el Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE) firmaron el pasado 2 de septiembre de 2005 un Convenio de colaboración para la ejecución de determinadas actuaciones de ahorro y eficiencia energética en el marco del Plan de Acción de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España 2005-2007 (E4).

El objeto de dicho Convenio es establecer mecanismos de colaboración entre la Comunidad de Madrid y el IDAE para facilitar la ejecución de las medidas contempladas en la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España E4, previstas en el Plan de Acción Específico para el período 2005-2007, aprobado por el Gobierno de la Nación por Acuerdo de Consejo de Ministros en su reunión de 8 de julio de 2005. Dado lo concreto de las actuaciones contempladas en dicho Convenio (promoción de la

utilización de la tecnología LED en semáforos, de la instalación de sistemas de regulación de nivel luminoso en cabecera de línea de alumbrado público y del transporte urbano en bicicleta) es necesario establecer unas nuevas bases reguladoras para otorgar ayudas con el fin de conseguir ahorro en el uso de la energía, de acuerdo con los criterios recogidos en el mencionado Convenio de Colaboración.

En virtud de lo expuesto y de acuerdo con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, en lo que constituye legislación básica; en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid; en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento de Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas por parte de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la citada Ley 2/1995, de 8 de marzo,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto de la Orden

La presente Orden tiene por objeto regular y convocar para el ejercicio 2006 ayudas para la promoción del ahorro y la eficiencia energética en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, en desarrollo del Plan de Acción 2005-2007 de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España.

Capítulo 1 Artículos 2 a 12

Bases reguladoras

Artículo 2

Objeto de las subvenciones y actuaciones subvencionables

Las subvenciones reguladas en las presentes bases tienen por objeto la promoción de actuaciones de uso racional de la energía en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, incentivando el autoabastecimiento energético y la protección del medio ambiente.

Se establecen las siguientes líneas de ayudas:

Línea número 1: Instalación de sistemas de regulación del nivel luminoso en cabecera de línea de alumbrado público, en municipios de menos de 1.000 habitantes.

Línea número 2: Sustitución de la tecnología actual por tecnología LED en semáforos públicos, en municipios de menos de 30.000 habitantes.

Línea número 3: Proyectos de fomento del transporte urbano en bicicleta, consistentes en la puesta en servicio de sistemas de bicicletas de uso público, en municipios de entre 100.000 y 300.000 habitantes. El sistema estará compuesto por diversas bases para alojar las bicicletas, cada una de las cuales llevará incorporado un sistema de control de usuarios preferiblemente mediante un dispositivo de lectura de una tarjeta electrónica o similar, que además sirva para gestionar el sistema.

A efectos de la consideración de la población de cada municipio, se considerará el último censo de la Comunidad de Madrid publicado por el Instituto de Estadística de la Comunidad de Madrid.

Artículo 3

Beneficiarios y método de concesión

  1. Podrán beneficiarse de las ayudas correspondientes a las tres Líneas reseñadas en el artículo anterior las Corporaciones Locales que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2 de la presente Orden y en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 13 de noviembre, General de Subvenciones.

  2. El procedimiento de concesión de las ayudas será el de concurrencia no competitiva, atendiéndose las solicitudes por orden de presentación en Registro de Entrada, hasta el agotamiento de los fondos presupuestarios disponibles.

Artículo 4

Compatibilidad de las ayudas

  1. Cuando se produzca para una misma instalación la concurrencia de ayudas compatibles entre sí, cualesquiera que sean su naturaleza y la Administración o entidad que las conceda, la suma de todas ellas no podrá superar el coste de la actividad subvencionada.

  2. El peticionario deberá declarar todas las ayudas que haya solicitado u obtenido, tanto al iniciarse el expediente administrativo como en cualquier momento del procedimiento en que ello se produzca.

  3. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión y, en todo caso, la concesión concurrente de subvenciones otorgadas por cualquier entidad...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR