ORDEN 35/2006, de 23 de enero, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro, para el desarrollo de Programas de Respiro dirigidos a familias con hijos menores con discapacidad.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Familia y Asuntos Sociales
Rango de LeyOrden

ORDEN 35/2006, de 23 de enero, de la Consejería de Familia y Asuntos Sociales, por la que se convocan subvenciones a entidades privadas sin fin de lucro, para el desarrollo de Programas de Respiro dirigidos a familias con hijos menores con discapacidad.

La Ley 6/1995, de 28 de marzo, de Garantías de los Derechos de la Infancia y la Adolescencia en la Comunidad de Madrid, se refiere específicamente a los niños y niñas con discapacidad en diferentes artículos que recogen el mandato de ofrecerles una atención integral desde una perspectiva preventiva, integradora y rehabilitadora.

Desde una perspectiva integradora establece, en el artículo 25 que a los menores con discapacidad se les proporcionarán los medios y recursos que les faciliten el mayor grado de integración en la sociedad que sus condiciones permitan.

Anteriormente, el artículo 23 la Ley, se refiere a las actuaciones administrativas a realizar por la Comunidad de Madrid para propiciar la participación plena de los menores en sus núcleos de convivencia inmediatos, de acuerdo a su desarrollo personal.

Estos derechos de los niños implican la obligación para las Administraciones Públicas en general y para la Comunidad de Madrid en particular, de proveer recursos para hacerlos efectivos.

La propia Ley, en su artículo 90, contempla entre los sistemas de colaboración con la iniciativa social el conceder subvenciones a las entidades privadas que trabajan en el ámbito del desarrollo de los derechos de niños y niñas, procurando así favorecer la cooperación entre los diferentes agentes, optimizando los recursos existentes.

La Ley 27/1996, de 24 de junio, de creación del Instituto Madrileño del Menor y la Familia, en lo sucesivo Instituto, establece como dos de sus objetivos la promoción de políticas integrales referidas a los menores y el impulso de recursos y actuaciones destinadas al mayor bienestar de la infancia en la Comunidad de Madrid, a fin de dar respuesta a las nuevas necesidades sociales, y el apoyo a la familia, en cuanto núcleo básico de educación y desarrollo de los niños.

En este sentido, en el II Plan de Atención a la Infancia y la Adolescencia de la Comunidad de Madrid (2002-2006) aparece el Proyecto 9.3, "Apoyo a familias con hijos con discapacidad o alteración del desarrollo" que tiene como objetivo movilizar recursos públicos y privados para el desarrollo de actuaciones que contribuyan a mejorar la atención de los menores que sufren discapacidad o alteración del desarrollo, en su medio natural de convivencia, mencionando como una de sus acciones el "Respiro Familiar".

La Ley 11/2003, de 27 de marzo, de Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid, establece que las Administraciones responsables del sistema público de Servicios Sociales fomentarán la creación y desarrollo de las entidades sin fin de lucro, siendo la Consejería competente en materia de servicios sociales la que podrá proponer el establecimiento de subvenciones a dichas entidades, para la promoción de programas y actividades de servicios sociales, en especial aquellas que tengan carácter innovador o se

dirijan a grupos de población necesitados de atención social preferente.

Por otra parte, la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, establece que las subvenciones que se concedan con cargo a los Presupuestos generales de la Comunidad de Madrid lo serán con arreglo a los criterios de publicidad, concurrencia y objetividad.

El Reglamento de Procedimiento para la concesión de de ayudas y subvenciones públicas, aprobado por Decreto 76/1993, de 26 de agosto, recoge las actuaciones previas y el procedimiento que han de seguirse en la concesión de ayudas y subvenciones públicas por la Comunidad de Madrid.

La Ley de Medidas Fiscales y Administrativas para 2004 ha modificado la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, añadiendo, junto a la modificación del artículo 4.2 un nuevo artículo, el 4.bis, que introduce el elemento de la planificación en la actividad subvencionada recogiendo la obligación de concretar, previamente al establecimiento de las subvenciones un Plan Estratégico que fije, entre otros...

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