DECRETO 58/2008, de 8 de mayo, del Consejo de Gobierno, por el que se nombran al Presidente y los miembros del Consejo de Madrid para el Desarrollo, el Empleo y la Formación.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Empleo y Mujer
Rango de LeyDecreto

El Consejo de Madrid para el Desarrollo, el Empleo y la Formación se creó por el Decreto 59/1996, de 26 de abril, como instrumento de diálogo y de concertación social en esas materias, en el ámbito de la Comunidad de Madrid.

El artículo 2 del citado Decreto dispone que el Consejo de Madrid está compuesto por un Presidente y ocho miembros, que serán nombrados por el Consejo de Gobierno.

El nombramiento de los ocho miembros se producirá de la siguiente forma: cuatro, a propuesta de la Administración de la Comunidad de Madrid; uno, a propuesta de UGT-Unión Regional de Madrid; uno, a propuesta de la Unión Sindical de Madrid Región de Comisiones Obreras, y dos, a propuesta de la CEIM-Confederación Empresarial de Madrid-CEOE.

En virtud del Decreto 7/2007, de 20 de junio, de la Presidencia de la Comunidad, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, se han creado nuevas Consejerías. Asimismo, con la entrada en vigor del Decreto 40/2007, de 28 de junio, se han modificado parcialmente las estructuras de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid.

Todo ello motiva la necesidad de adecuar la composición del Consejo de Madrid para el Desarrollo, el Empleo y la Formación, en lo que se refiere a los miembros a propuesta de la Administración, a la nueva configuración.

Igualmente, se han producido cambios en las organizaciones sindicales y empresariales, que hacen necesario actualizar los representantes de dichas organizaciones.

Todo lo anterior justifica la adopción del presente Decreto.

En su virtud, el Consejo de Gobierno, a propuesta de la Consejera de Empleo y Mujer, en su reunión de 8 de mayo,

DISPONGO

Artículo 1

Nombrar Presidente del Consejo de Madrid para el Desarrollo, el Empleo y la Formación al titular de la Presidencia de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Nombrar miembros del Consejo de Madrid para el Desarrollo, el Empleo y la Formación, a propuesta de la Administración de la Comunidad de Madrid, a:

— Titular de la Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno.

— Titular de la Consejería de Presidencia e Interior.

— Titular de la Consejería de Economía y Consumo.

— Titular de la Consejería de Empleo y Mujer.

Artículo 3

Nombrar miembro del Consejo de Madrid para el Desarrollo, el Empleo y la Formación, a propuesta de UGT- Unión Regional de...

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