ORDEN 1279/1999, de 22 de junio, por la que se convocan ayudas económicas para ampliación de estudios musicales en España y en el extranjero para estudiantes de centros públicos de enseñanza musical y miembros de la Orquesta Sinfónica de Estudiantes de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Educacion y Cultura
Rango de LeyOrden

La Comunidad de Madrid posee entre sus objetivos en educación el alcanzar la mayor calidad de la enseñanza musical, así como el logro del nivel de formación que posibilite a los estudiantes de los centros ubicados en la Comunidad de Madrid la competencia profesional con los mejores músicos españoles y extranjeros. Para ello, se considera de importancia singular el facilitar a los alumnos con mejor rendimiento la conclusión o ampliación de los estudios que les faculten para culminar su trayectoria formativa.

Dada la especificidad de las materias artístico-musicales y la diversidad de opciones formativas, se considera como vía más adecuada para el logro de esta meta, la actuación de fomento consecuente con la individualidad de los proyectos de cada estudiante.

Por todo ello, la Consejería de Educación y Cultura en el ejercicio de sus competencias en materia de enseñanza musical, viene otorgando ayudas para la consecución de proyectos de formación de los alumnos de los centros públicos de enseñanza de música ubicados en la región de Madrid, así como para los miembros de la Orquesta Sinfónica de Estudiantes de la Comunidad de Madrid, que desean perfeccionar sus estudios con profesorado o en centros de reconocido prestigio de España o del extranjero.

Dada la demanda existente, así como los resultados obtenidos en convocatorias precedentes, la Consejería de Educación y Cultura convoca nuevamente la concesión de ayudas económicas para ampliación de estudios musicales para estudiantes de enseñanzas artísticas y miembros de la Orquesta Sinfónica de Estudiantes de la Comunidad de Madrid, en virtud y al amparo de lo establecido en el artículo 75.1 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de noviembre); de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común ("Boletín Oficial del Estado" del 27); del Decreto 76/1993, de 26 de agosto por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 27); de la Ley 2/1995, de 8 de mayo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 21); del Decreto 222/1998, de 13 de diciembre, de Desarrollo Parcial de dicha Ley; del artículo 41 de la Ley 1/1993, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 20), así como de conformidad con la Orden de la Consejería de Educación y Cultura 157/1992, y de acuerdo con las siguientes bases:

  1. OBJETO DE LA CONVOCATORIA

Artículo 1

El objeto de la presente convocatoria es la concesión, mediante concurrencia no competitiva, de ayudas para la ampliación de estudios musicales.

Las ayudas serán destinadas a sufragar los gastos de inscripción, desplazamiento, residencia, materiales y cualquier otro desembolso económico devengado de la actividad subvencionada.

Artículo 2

La presente convocatoria está destinada a:

  1. Ayudas para estudiantes de centros públicos de enseñanza musical de la región de Madrid que finalizaron sus estudios con posterioridad a septiembre de 1995.

  2. Ayudas para miembros de la Orquesta Sinfónica de Estudiantes de la Comunidad de Madrid.

Podrán participar en esta convocatoria los alumnos que inicien o desarrollen su actividad en el año 1999. No podrán optar a la ayuda aquellos que hubieran resultado benefiarios en otras convocatorias, salvo la inmediatamente anterior (Orden 663/1998, de 14 de abril), y siempre que, en este último caso, se solicite la renovación de la ayuda para el mismo proyecto educativo.

El hecho de haber obtenido la ayuda en 1998 no implicará necesariamente la renovación de la misma, aun manteniéndose invariables las características del proyecto de estudios para el que fue concedida en dicho año.

Artículo 3

El presupuesto de la presente convocatoria asciende a 10.000.000 de pesetas, correspondientes a la partida 4829 del Programa económico 805 de la Dirección General de Centros Docentes de la Comunidad de Madrid. De dicha cifra, 6.000.000 de pesetas serán destinadas a sufragar las ayudas de miembros de la Orquesta Sinfónica de Estudiantes, y 4.000.000 de pesetas, para las ayudas a los estudiantes de centros públicos de enseñanza musical.

Artículo 4

Atendiendo al lugar de realización de los estudios, las cuantías máximas que podrán concederse por ayuda serán las siguientes:

En España hasta 500.000 pesetas

En el resto de Europa hasta 750.000 pesetas

En otros países hasta 1.000.000 de pesetas

Una vez valoradas las solicitudes de acuerdo con lo establecido en el artículo 10 de la presente convocatoria, la Comisión de Valoración establecida en el artículo 9 fijará la cuantía de las ayudas de acuerdo con el criterio de prorrateo, y teniendo en cuenta:

¾ El presupuesto de la presente convocatoria, establecido en el artículo 3.

¾ El presupuesto de gastos presentado por el solicitante.

¾ El número de solicitudes que hayan obtenido la puntuación mínima para ser estimadas, establecida en el artículo 10.

¾ Las cuantías máximas establecidas en el presente artículo según el lugar de realización de los estudios.

  1. REQUISITOS DE LOS SOLICITANTES

Artículo 5

Podrán solicitar estas ayudas los estudiantes que reúnan las siguientes condiciones:

  1. Para los destinatarios señalados en el artículo 2.a):

    Haber finalizado los estudios de Grado Medio o Superior en uno de los centros públicos de enseñanzas musicales de la región de Madrid con posterioridad a septiembre de 1995 y haber obtenido calificación académica media de Notable o Sobresaliente o su equivalencia numérica, a partir de 7, en los estudios realizados hasta el curso académico 1997-98...

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