ORDEN 253/2001, de 23 de octubre, del Consejero de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se desarrolla la designación de los miembros de la Junta Electoral prevista en el artículo 21 de la Ley 10/1999, de 16 de abril, que regula la Cámara Oficial de Comercio e Industria en la Comunidad de Madrid, para las elecciones a la misma, dentro...

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

Mediante la Orden del Ministerio de Economía de 25 de junio de 2001 y la Orden 5251/2001, de 27 de junio, de la Consejería de Economía y Empleo, se ha declarado abierto el proceso electoral para la renovación del Pleno de la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 21.1 de la Ley 10/1999, de 16 de abril, por la que se regula la Cámara Oficial de Comercio e Industria de Madrid y artículo 24 del Decreto 253/2000, de 30 de noviembre, que desarrolla la citada Ley, la Junta Electoral se constituirá en el plazo de los diez días siguientes a la publicación de la Orden de la convocatoria de elecciones.

La Junta Electoral estará integrada por los miembros que a tal efecto establece el artículo 21.1 de la citada Ley 10/1999, de 16 de abril, tres de los cuales serán representantes de la Comunidad de Madrid, y que serán designados por el Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, uno de los cuales ejercerá la función de Presidente.

DISPONGO

Primero

Designar como representantes de la Comunidad de Madrid que integrarán la Junta Electoral que se constituya, a las siguientes personas:

¾ Ilustrísimo señor don José Juan Pérez Tabernero, quien ejercerá las funciones de Presidente.

¾ Don Joaquín María Peñarrubia Iza.

¾ Doña Carmen Cárdeno Pardo.

Segundo

En el plazo más breve posible se convocará al Pleno de la Cámara, de acuerdo con lo dispuesto en el apartado 2.o del artículo 24 del Decreto 253/2000, de 30 de noviembre, por el que se desarrolla la Ley 10/1999, por la que se regula la Cámara Oficial de Comercio e Industria en la Comunidad de Madrid, para proceder a la confección de la relación de electores, en número de uno por cada Grupo, entre los que se elegirán, mediante sorteo, los tres representantes de los electores de la Cámara en la Junta Electoral en la fecha prevista en el apartado 3 del citado artículo 24 del Decreto 253/2000, de 30 de noviembre.

Tercero

El Presidente de la Junta Electoral procederá a nombrar Secretario de la misma a un funcionario de la Dirección General de Comercio de la Consejería de...

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