ORDEN 1654/2001, de 7 de mayo, por la que se convocan ayudas económicas para ampliación de estudios de música, danza, arte dramático y conservación y restauración de bienes culturales en España o en el extranjero, para alumnos de centros públicos de enseñanzas artísticas y miembros de la Orquesta Sinfónica de Estudiantes de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Comunidad de Madrid posee entre sus objetivos en educación el alcanzar la mayor calidad de las enseñanzas artísticas, así como el logro del nivel de formación que posibilite a los estudiantes de los centros públicos ubicados en la Comunidad de Madrid, la competencia profesional con los mejores profesores y centros españoles y extranjeros. Para ello, se considera de importancia singular el facilitar a los alumnos con mejor rendimiento la ampliación de los estudios que les faculten para culminar su trayectoria formativa.

Dada la especificidad de las materias artísticas y la diversidad de opciones formativas, se considera como vía más adecuada para el logro de esta meta, la actuación de fomento consecuente con la individualidad de los proyectos de cada estudiante.

Por todo ello, la Consejería de Educación en el ejercicio de sus competencias en materia de enseñanzas artísticas, venía otorgando ayudas para la consecución de proyectos de formación de los alumnos de los centros públicos de enseñanza de música ubicados en la región de Madrid, así como para los miembros de la Orquesta Sinfónica de Estudiantes de la Comunidad de Madrid. En la actualidad, una vez que la Comunidad de Madrid ha asumido la competencia en materia de enseñanza no universitaria, se considera necesario ampliar estas ayudas a los alumnos de los Conservatorios de Danza, de la Escuela Superior de Arte Dramático y de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales que deseen perfeccionar sus estudios en centros de reconocido prestigio de España o del extranjero.

Dada la demanda existente, así como los resultados obtenidos en convocatorias precedentes, la Consejería de Educación convoca la concesión de ayudas económicas para ampliación de estudios de Música, Danza, Arte Dramático y Conservación y Restauración de Bienes Culturales para alumnos de centros públicos de enseñanzas artísticas y miembros de la Orquesta Sinfónica de Estudiantes de la Comunidad de Madrid, y de acuerdo con el artículo 75.1 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de noviembre); Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 27); de la Ley 2/1995, de 8 de mayo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del 21); así como del Decreto 222/1998, de 13 de diciembre, de Desarrollo Parcial de dicha Ley, la Comunidad de Madrid a través de la Consejería de Educación, convoca la concesión de ayudas de acuerdo con las siguientes bases:

Artículo 1

Objeto de la convocatoria

El objeto de la presente convocatoria es la concesión, mediante concurrencia no competitiva, de ayudas para la ampliación de estudios de Música, Danza, Arte Dramático y Conservación y Restauración de Bienes Culturales en centros de reconocido prestigio en España o en el extranjero.

Las ayudas serán destinadas a sufragar los gastos de inscripción o matrícula, desplazamiento, residencia, manutención y cualquier otro desembolso económico producido por la actividad subvencionada.

No se concederá ayuda para clases con un profesor particular que no se impartan en un centro con un proyecto educativo, ni para cursar el Grado Superior de Música o de Danza en España.

Artículo 2

Presupuesto

El presupuesto asignado por la Consejería de Educación para esta convocatoria, asciende a 30.600.000 de pesetas (183.909,70 euros), correspondientes a la Partida 4829 del Programa 506.

Atendiendo al lugar de realización de los estudios, las cuantías máximas que podrán concederse por ayuda serán las siguientes:

En España hasta 500.000 pesetas (3.005,06 euros).

En el resto de Europa hasta 750.000 pesetas (4.507,59 euros).

En otros países hasta 1.000.000 de pesetas (6.010,12 euros).

Una vez valoradas las solicitudes de acuerdo con lo establecido en el artículo 9 de la presente convocatoria, la Comisión de Valoración establecida en el artículo 8 fijará la cuantía de las ayudas de acuerdo con el criterio de prorrateo, y teniendo en cuenta:

¾ El presupuesto de la presente convocatoria.

¾ El presupuesto de gastos presentado por el solicitante.

¾ El número de solicitudes que hayan obtenido la puntuación mínima para ser estimadas, establecida en el artículo 9.

¾ Las cuantías máximas establecidas en el presente artículo según el lugar de realización de los estudios.

Artículo 3

Destinatarios

La presente convocatoria está destinada a:

  1. Alumnos de centros públicos de enseñanza de música o danza de la Comunidad de Madrid que finalizaron sus estudios con posterioridad a septiembre de 1997.

  2. Alumnos de la Escuela Superior de Arte Dramático de Madrid, que han terminado los estudios establecidos en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo con posteridad a septiembre de 1997.

  3. Alumnos de la Escuela Superior de Conservación y Restauración de Bienes Culturales, que han terminado los estudios establecidos en la Ley Orgánica de Ordenación General del Sistema Educativo con posterioridad a septiembre de 1997.

  4. Miembros de la Orquesta Sinfónica de Estudiantes de la Comunidad de Madrid.

Podrán participar en esta convocatoria los alumnos que inicien o desarrollen la actividad subvencionada durante...

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