ORDEN 1243/2003, de 4 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias y firma en materia de contratación y proceso de gasto.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 1243/2003, de 4 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se desconcentran y delegan determinadas competencias y firma en materia de contratación y proceso de gasto.

De conformidad con lo previsto, entre otros, en los artículos 12, 13 y 16 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, modificada por la Ley 4/1999, de 13 de enero, así como en el artículo 52 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, del Gobierno y la Administración de la Comunidad de Madrid, en aras de una mayor agilización de la gestión administrativa, de acercar el nivel de toma de decisiones a los ámbitos de competencia material respectivos y de simplificar el régimen de delegaciones vigente en materia de contratación y proceso de gasto,

DISPONGO

Primero

Atribución de competencias

  1. Atribuir al titular de la Dirección General de Infraestructuras y Servicios de la Consejería de Educación la competencia de proponer la realización de actos y operaciones correspondientes al proceso de gasto a que se refiere el artículo 69.1 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, en relación con los contratos, incluidos los menores, cuya tramitación corresponde a dicha Dirección General, de conformidad con el Decreto 75/2002, de 9 de mayo, por el que se establecen las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Educación.

    La presente competencia podrá ser objeto de delegación en el Coordinador de los Servicios del Área de Proyectos y Contratación o en el titular del Servicio de Contratación, ambos de la Dirección General de Infraestructuras y Servicios.

  2. Atribuir al titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Educación la competencia de proponer la realización de actos y operaciones correspondientes al proceso de gasto a que se refiere el artículo 69.1 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, en relación con los contratos cuya tramitación corresponde a dicha Secretaría General Técnica, de conformidad con el Decreto 75/2002, de 9 de mayo, por el que se establecen las competencias y la estructura orgánica de la Consejería de Educación.

    La presente competencia podrá ser objeto de delegación en el Coordinador de los Servicios del Área de Contratación, Patrimonio y Servicios Generales o en el titular del Servicio de Contratación, ambos de la Secretaría General Técnica, o en...

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