ORDEN 1659/2002, de 16 de diciembre, de la Consejería de Las Artes, por la que se convocan ayudas a la producción teatral, musical y coreográfica.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

De conformidad con el artículo 26.1.20 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, la Consejería de Las Artes, a través de la Dirección General de Promoción Cultural, realiza una serie de acciones tendentes a fomentar la cultura.

El principio básico que fundamenta la presente convocatoria es la consideración del teatro y la danza como bienes culturales que repercuten directamente en el desarrollo intelectual, creativo y lúdico de los ciudadanos. Por ello, dadas las condiciones de promoción y difusión en las que se encuentra la producción de las artes escénicas, y con el fin de potenciar la calidad en su oferta, la Comunidad de Madrid considera necesario habilitar los medios adecuados para que tal producción se lleve a cabo en las mejores condiciones, mediante la convocatoria de ayudas a titulares de empresas con destino a la producción de obras de teatro y danza, de modo que la falta de recursos económicos no límite o impida que la creación artística se realice con la adecuada libertad y medios de expresión suficientes.

Por lo expuesto, y bajo los principios que han de regir la asignación de las ayudas públicas, de conformidad con la

Ley 2/1995, de 8 de marzo, de subvenciones de la Comunidad de Madrid; la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid; la Ley 30/1992, de 26 de noviembre de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común; el Decreto 76/1993, de 26 de agosto por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas; el Decreto 222/1998,

de 23 de diciembre, de Desarrollo Parcial de la Ley de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en materia de bases reguladoras de las mismas, y demás disposiciones aplicables

DISPONGO

Primero

Objeto

Se convocan ayudas a favor de personas físicas o jurídicas, titulares de empresas destinadas a la producción de obras de teatro, musicales y danza que tenga lugar entre el 1 de diciembre de 2002 y el 25 de noviembre del año 2003.

La presente convocatoria asciende a un importe de 2.676.000 euros, que se hará efectivo con cargo a la partida 4739.0 del programa 804 de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2003. Este gasto queda sometido a la condición suspensiva de existencia de crédito adecuado y suficiente al aprobarse los presupuestos correspondientes.

La distribución del importe citado se efectuará del modo siguiente:

  1. Producción de teatro y musical: 2.163.000 euros.

  2. Producción de danza: 513.000 euros.

    No podrán obtener subvención aquellas empresas que tengan deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid.

    Segundo

    Solicitudes y documentación

    Las solicitudes estarán disponibles en la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Las Artes, sita en la calle Caballero de Gracia, número 32, 28013 Madrid. Asimismo, podrán obtenerse a través del sitio del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID en la página web de la Comunidad.

    Las solicitudes se presentarán, hasta el día 31 de enero de 2003, una por cada proyecto y/o modalidad, debidamente cumplimentadas según el Anexo I que se adjunta, en el Registro de la Consejería de Las Artes, en el Registro General de la Comunidad de Madrid sito en la plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3, 28003 Madrid, o en cualquiera de los Registros de la Comunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de los Ayuntamientos que han firmado el Convenio de Ventanilla Única (teléfono de información 012) y mediante las demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, Reguladora del Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, haciendo constar en la documentación a aportar, los extremos siguientes:

  3. Acreditativos de su identidad y del cumplimiento de obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social:

    1.1. Empresario individual:

    - Fotocopia del documento nacional de identidad y del número de identificación fiscal, en su caso.

    - Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

    - Fotocopia de alta en el IAE, epígrafe 965 y subepígrafe que corresponda, y copia del último recibo pagado, en su caso.

    1.2. Sociedad mercantil:

    - Fotocopia de la tarjeta de identificación fiscal.

    - Declaración responsable de estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social.

    - Fotocopia de alta en el IAE, epígrafe 965 y subepígrafe que corresponda y copia del último recibo pagado...

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