ORDEN 954/2008, de 28 de marzo, de la Consejera de Empleo y Mujer, por la que se resuelve la convocatoria de puestos de trabajo para su provisión, por el sistema de Libre Designación, en la referida Consejería, aprobada por Orden 327/2008, de 12 de febrero, de la Consejera de Empleo y Mujer (B OLETÍN O FICIA L DE LA C OMUNIDAD DE M ADRID de 21 de febrero de 2008).
Sección | B - Autoridades y Personal |
Emisor | Consejeria de Empleo y Mujer |
Rango de Ley | Orden |
Aprobada mediante Orden 327/2008, de 12 de febrero, de la Consejera de Empleo y Mujer (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de febrero de 2008), la convocatoria para la provisión de puestos de trabajo por el sistema de Libre Designación en la Consejería de Empleo y Mujer.
Verificado que la candidata propuesta cumple los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria.
En virtud de la competencia atribuida a esta Consejería para proceder a la adjudicación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 49.2 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid.
Vista la propuesta de adjudicación de los puestos efectuada por esta Consejería, y una vez emitido informe favorable por la Consejería de Hacienda.
RESUELVO
Primero
Declarar asignados los puestos de trabajo a los funcionarios que se expresan en el Anexo.
Segundo
Los trámites para la formalización de la toma de posesión se realizarán de conformidad con la norma undécima de la Orden 2094/1990, de 31 de agosto, del Consejero de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 7 de septiembre de 1990).
Tercero
Los plazos para cese y toma de posesión comenzarán a regir a partir del día siguiente a la publicación de la adjudicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Cuarto
Contra la presente Orden, que pone fin a la vía administrativa, los interesados podrán interponer, con carácter potestativo, recurso de reposición en el plazo de un mes, ante la Consejera de Empleo y Mujer, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante los Juzgados de lo Contencioso-Administrativo de Madrid, ambos plazos contados a partir del día siguiente a su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.
Dado en Madrid, a 28 de marzo de 2008.—La Consejera de Empleo y Mujer, PD (Orden 5868/2004, de 15 de octubre, BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de octubre), de...
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