ORDEN 613/2001, de 12 de marzo, de la Consejería de Medio Ambiente, por la que se amplía el plazo de presentación de renovación de solicitudes, de las ayudas relativas al programa agroambiental de control integrado de tratamientos fitopatológicos en el olivar de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Orden 3531/1998, de 20 de julio, estableció el programa agroambiental de control integrado de tratamientos fitopatológicos en el olivar de la Comunidad de Madrid, en desarrollo de las medidas de acompañamiento de la Política Agrícola Común. Los solicitantes de las ayudas se comprometen a permanecer en el programa cinco años, debiendo presentar a partir del segundo año del compromiso y hasta el quinto y último, la solicitud de renovación de la ayuda.

La Orden 12344/1998, de 29 de diciembre, abrió nuevamente el programa para el año 1999, con los mismos compromisos y condiciones.

El plazo de presentación de las renovaciones anuales de solicitud, se estableció en dos meses, hasta el 28 de febrero de cada año, siendo un requisito imprescindible para que los beneficiarios puedan percibir las ayudas correspondientes a cada ejercicio. Este plazo resulta excesivamente corto para la presentación de la documentación que acompaña la solicitud y que no depende directamente del beneficiario, como es el certificado o factura de entrega de la aceituna en la almazara, sobre todo en campañas en las que se retrasa la recogida por circunstancias climatológicas, por lo que es conveniente aumentar el plazo de presentación de renovación de solicitudes.

En el año 2001, las circunstancias climatológicas han dificultado cuando no impedido la recogida de la aceituna, que normalmente se produce los meses de diciembre y enero, por lo que no es previsible que la presente campaña pueda finalizar antes de marzo e incluso más tarde si el tiempo continúa lluvioso. El retraso en la entrega de la aceituna, no permite presentar la factura o certificado de entrega y molturación de aceituna expedido por la almazara a fecha de 28 de febrero, lo que pone de manifiesto la necesidad tanto de aumentar el plazo de presentación de solicitudes de renovación como modificar el contenido de la documentación a presentar en las mismas.

Por todo ello, cumplidos los trámites reglamentarios,

DISPONGO

Artículo único
  1. Los beneficiarios de las ayudas solicitadas en 1998, de acuerdo con la Orden 3531/1998, de acuerdo con la Orden 12344/1998, por las que se convocaron ayudas para la ampliación del programa agroambiental de control integrado de tratamientos fitopatológicos en el olivar de la Comunidad de Madrid, deberán presentar las renovaciones de solicitud hasta el día 16 de cada año, hasta...

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