ORDEN 6660/2005, de 5 de diciembre, de la Consejería de Educación, por la que se convoca el XIII Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 6660/2005, de 5 de diciembre, de la Consejería de Educación, por la que se convoca el XIII Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid.

La Ley Orgánica 10/2002, de 23 de diciembre, de Calidad de la Educación, en el artículo 2 reconoce al alumno el derecho a recibir una formación integral que contribuya al pleno desarrollo de su personalidad.

El aprendizaje y la práctica del arte teatral como recurso pedagógico permite fomentar en los alumnos capacidades básicas como la observación, la creatividad, la sociabilidad, la responsabilidad, el trabajo en equipo y la autoestima. El cumplimiento de estos objetivos, que se renuevan con cada convocatoria, ayuda a mejorar la convivencia y la cohesión de la vida escolar.

La enseñanza que las obras de teatro proporcionan tiene que ver con aspectos culturales, filosóficos o literarios que trascienden la división entre textos clásicos y modernos. Son mensajes de valor universal que se actualizan en cada representación, como ocurre con la expresión artística en general y la teatral en particular.

El género teatral elegido para esta convocatoria es el de la Comedia, que no se fija en una época o autor concretos sino que los abarca todos.

Por otra parte, en el curso 2004-2005 se inició el proyecto de colegios bilingües de la Comunidad de Madrid. La Consejería de Educación apuesta así por el fomento de la lengua inglesa entre los escolares madrileños. El objetivo que se persigue es el dominio oral y escrito del inglés, pero también el conocimiento de los aspectos más destacados de la cultura inglesa. Como parte de esta línea de actuación, continúa la modalidad de teatro representado en inglés.

Por todo ello, la Comunidad de Madrid, a través de la Consejería de Educación, establece la concesión de premios para estimular la actividad teatral en español y en inglés en los centros escolares.

A tal fin, y en su virtud

DISPONGO

  1. Objeto de la convocatoria

    El objeto de la presente Orden es convocar, de conformidad con la Orden 4748/2005, de 14 de septiembre, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras del Certamen de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de octubre de 2005), el XIII Certamen Abierto de Teatro Escolar de la Comunidad de Madrid.

    El órgano instructor del expediente de concesión será la Dirección General de Ordenación Académica.

  2. Asignación económica

    El presupuesto asignado para financiar la presente convocatoria será de 50.000 euros, con cargo a la partida 48500 del programa económico 509, imputándose íntegramente al ejercicio económico de 2006, estando condicionada la mencionada financiación a la aprobación del correspondiente presupuesto y a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el mismo.

  3. Modalidades de participación

    Se establecen dos modalidades distintas:

    Modalidad A: Representación de una obra teatral en castellano.

    Modalidad B: Representación de una obra teatral en inglés.

  4. Destinatarios

    Podrán participar en el certamen los centros públicos y concertados de la Comunidad de Madrid que cuenten con un grupo

    teatral formado por alumnos correspondientes al nivel de Educación Secundaria (Modalidad A) o al nivel de Educación Primaria (Modalidad B).

    Podrán concursar también los alumnos de centros de Educación Especial.

  5. Requisitos

    Para poder participar en la presente convocatoria, los centros deberán cumplir los siguientes requisitos:

    1. Existencia de un grupo teatral constituido por un mínimo de ocho actores con edades que, en el caso de la Modalidad A, no podrán superar los veinte años de edad en la fecha de publicación de la presente convocatoria.

      En el caso de alumnos de Educación Especial, las edades de los actores se corresponderán con las del nivel de Educación Primaria (Modalidad B) o las del de Educación Secundaria (Modalidad A). En ningún caso, podrá haber alumnos que sobrepasen los veinte años de edad en la fecha de la publicación de esta convocatoria.

      Los componentes del grupo teatral deben ser alumnos del centro y, excepcionalmente, antiguos alumnos, uno por cada diez actores, hasta un máximo de dos.

      Deberá haber un responsable del grupo teatral que será un profesor del claustro.

    2. Elaboración de un proyecto de la actividad teatral, que deberá incluirse en la Programación General Anual del Centro, una vez aprobado por el Consejo Escolar.

    3. Representación de una obra completa en las fechas que se indican en el apartado VII, bien en lengua castellana (Modalidad A), bien en lengua inglesa (Modalidad B), con una duración en ambos casos no superior a una hora y quince minutos, y no inferior a treinta minutos para el montaje en castellano, o a veinte para el montaje en inglés.

      En las obras teatrales en castellano el género teatral elegido será el de la Comedia, y el autor y la época de libre elección. En la Modalidad B, la autoría y la adscripción cronológica de la obra serán de libre elección.

    4. Sólo se podrá presentar un montaje teatral por centro docente.

    5. Estar al corriente de sus obligaciones tributarias, de Seguridad Social o no tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid.

    6. No estar incurso en las prohibiciones establecidas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

      No podrán recibir el primer premio los centros ganadores de dicho premio en la convocatoria del año anterior (Orden 3906/2004, de 30 de septiembre).

  6. Solicitudes, documentación y plazo de...

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