ORDEN 2197/2003, de 26 de marzo, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se amplía con vigencia para el año 2003 el plazo de solicitud anual de pago de las ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 2197/2003, de 26 de marzo, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se amplía con vigencia para el año 2003 el plazo de solicitud anual de pago de las ayudas a la utilización de métodos de producción agraria compatibles con el medio ambiente de la Comunidad de Madrid.

La Orden 3838/2001, de 10 de diciembre, de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, tiene por objeto aplicar en la Comunidad de Madrid el sistema de ayudas previsto en el Real Decreto 4/2001, de 12 de enero, por el que se establece un régimen de ayudas a la utilización de métodos de producción compatibles con el medio ambiente, conforme a lo dispuesto en el Reglamento (CE) 1257/1999, de 17 de mayo.

Tales ayudas se conceden a los titulares de explotaciones agrícolas o ganaderas, situadas en la Comunidad de Madrid y que se comprometan, por un período de cinco años, a realizar alguna de las medidas previstas en el artículo 3 de la citada Orden reguladora, tendentes a corregir o prevenir los problemas medioambientales del territorio.

Para acceder a las mismas, los interesados han presentado solicitud inicial de participación en el régimen de ayudas previsto en la citada Orden en el plazo fijado en la misma. Con posterioridad, durante los cinco años de duración del régimen de ayudas, todos los beneficiarios deben presentar un impreso de solicitud anual de pago, que la Orden 3838/2001, de 10 de diciembre, fija hasta el 31 de marzo de cada año.

El Real Decreto 708/2002, de 19 de julio, por el que se establecen medidas complementarias al Programa de Desarrollo Rural para las Medidas de Acompañamiento de la Política Agrícola Común, en su artículo 15.3, concede a las Comunidades Autónomas la potestad de determinar el plazo de presentación de las solicitudes para la concesión de las ayudas previstas.

De conformidad con el anterior, a fin de facilitar la tramitación administrativa de las solicitudes de renovación de ayudas y permitir a los beneficiarios un mayor plazo para su presentación, se procede a aprobar, exclusivamente para el año 2003, un plazo de presentación de la solicitud anual de pago de las ayudas previstas en la Orden 3838/2001, de 10 de diciembre, más amplio que el previsto para el resto de anualidades. Asimismo, dado que el programa de ayudas supone un compromiso de mejora agroambiental durante un período de cinco años y su acogida por parte del sector...

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