ORDEN 313/2005, de 7 de septiembre, del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros que contienen datos de carácter personal del Canal de Isabel II.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorVicepresidencia Primera y Portavocia del Gobierno
Rango de LeyOrden

ORDEN 313/2005, de 7 de septiembre, del Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno, por la que se crean, modifican y suprimen ficheros que contienen datos de carácter personal del Canal de Isabel II.

La Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros automatizados de datos de carácter personal se realizará en el ámbito de la Comunidad de

Madrid, mediante Orden del Consejero respectivo, regulando su contenido y procedimiento.

De acuerdo con lo anteriormente expuesto y en los términos establecidos en la Ley 8/2001, de 13 de julio, se hace necesario el establecimiento y cumplimiento de las normas reguladoras de la creación de dos ficheros manuales (clientes y personal) y 14 automatizados con datos de carácter personal relativos a la gestión de: candidatos, carnet deportivo, clientes, control de acceso, datos de contacto, evaluaciones de personal externo, averías e incidencias, personal, proveedores, indemnizaciones, peticiones de servicio, registro general, salud laboral y gestión documental del Canal de Isabel II de la Comunidad de Madrid, por otro lado, se modifica un fichero y se suprimen siete ficheros.

Los ficheros automatizados contemplan lo establecido en el Real Decreto 994/1999, de 11 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de medidas de seguridad de los ficheros que contengan datos de carácter personal.

En el procedimiento de elaboración de esta Orden se han tenido en cuenta los trámites previstos en el artículo 5 de la citada Ley 8/2001, de 13 de julio.

Esta Orden ha sido informada por la Agencia de Protección de Datos de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1 de la Ley 8/2001, de 13 de julio, de Protección de Datos de Carácter Personal en la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Creación de ficheros automatizados

Se crean los siguientes ficheros automatizados de datos de carácter personal:

"Candidatos", "Carnet Deportivo", "Clientes", "Control de Acceso", "Datos de Contacto", "Evaluaciones de Personal Externo", "Gestión de Averías/Incidencias", "Personal", "Proveedores", "Indemnizaciones", "Peticiones de Servicio", "Registro General", "Salud Laboral" y "Gestión Documental", que se recogen en el Anexo Primero de esta Orden.

Artículo 2

Creación de ficheros manuales

Se crean los siguientes ficheros manuales de datos de carácter personal:

"Clientes" y "Personal", recogidos en el Anexo Primero de esta Orden.

Artículo 3

Modificación de ficheros

Se modifica el fichero automatizado de datos de carácter personal "Correo Electrónico", que se recoge en el Anexo Segundo de esta Orden.

Artículo 4

Supresión de ficheros

Se suprimen los siguientes ficheros automatizados de datos de carácter personal:

"Salud Laboral", "Registro General", "Proveedores", "Personal", "Clientes", "Indemnizaciones" y "Expropiaciones", que se recogen en el Anexo Tercero de esta Orden.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

Entrada en vigor

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 7 de septiembre de 2005.?El Vicepresidente Primero y Portavoz del Gobierno. Fdo.: Ignacio González González

ANEXO PRIMERO

CREACIÓN DE FICHEROS

  1. Fichero: CANDIDATOS.

  2. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno, Canal de Isabel II.

  3. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección de Asesoría Jurídica.

  4. Nombre y descripción del fichero que se crea: CANDIDATOS. DATOS PERSONALES DE LOS CANDIDATOS PRE-

    SENTADOS A PROCESOS DE SELECCIÓN, CONCURSOS DE PLAZAS DEL CANAL DE ISABEL II.

  5. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.

  6. Sistema de información al que pertenece el fichero: INFORMACIÓN QUE RESIDE EN UNIDADES DE RED DEL DEPARTAMENTO (ENTORNO OFIMÁTICO).

  7. Medidas de seguridad que se aplican: Medio.

  8. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

    ? Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección (postal, electrónica), teléfono, otros, puntuación, admitido o excluido y causa de la exclusión, observaciones.

    ? Datos de características personales: Estado civil, datos de familia, fecha de nacimiento, lugar de nacimiento, sexo.

    ? Datos académicos y profesionales: Formación y titulaciones, experiencia profesional, pertenencia a colegios o asociaciones profesionales.

    ? Datos de detalle del empleo: Categoría/grado, puestos de trabajo, historial del trabajador.

  9. Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: GESTIÓN DE LOS DATOS PERSONALES DE LOS CANDIDATOS PRESENTADOS A PROCESOS DE SELECCIÓN, CONCURSOS DEL CANAL DE ISABEL II Y RESULTADOS DEL PROCESO (PUNTUACIÓN, OBSERVACIONES...).

  10. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: PERSONAS FÍSICAS QUE QUIERAN PRESENTARSE A PROCESOS DE SELECCIÓN (CONCURSOS DE PLAZAS) PARA TRABAJAR EN EL CANAL DE ISABEL II.

  11. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

    ? Procedencia de los datos: El propio interesado o su representante legal.

    ? Procedimiento de recogida: Encuestas o entrevistas, formularios o cupones, otros, concursos.

  12. Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales:

    ? No se prevén cesiones.

  13. Fichero: CARNET DEPORTIVO.

  14. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno, Canal de Isabel II.

  15. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección de Asesoría Jurídica.

  16. Nombre y descripción del fichero que se crea: CARNET DEPORTIVO. GESTIÓN DE LOS DATOS BÁSICOS DE EMPLEADOS DEL CANAL DE ISABEL II Y FAMILIARES PARA LA OBTENCIÓN DEL CARNET QUE PROPORCIONA EL USO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS.

  17. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.

  18. Sistema de información al que pertenece el fichero: INFORMACIÓN QUE RESIDE EN UNIDADES DE RED DEL DEPARTAMENTO (ENTORNO OFIMÁTICO).

  19. Medidas de seguridad que se aplican: Básico.

  20. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

    ? Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección (postal, electrónica), teléfono, otros, número de matrícula del trabajador.

    ? Datos de características personales: Estado civil, datos de familia, otros, nombre y apellidos del empleado que trabaja en el Canal de Isabel II.

    ? Datos de detalle del empleo: Categoría/grado, puestos de trabajo, otros, fecha de ingreso, contrato fijo (s/n), centro de trabajo.

  21. Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: GESTIÓN DE LOS DATOS PERSONALES, DE LOS EMPLEADOS Y SUS FAMILIARES, PARA LA OBTENCIÓN DEL CARNET, PARA USO DE LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS.

  22. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: EMPLEADOS Y FAMILIARES QUE SOLICITEN ACCESO A LAS INSTALACIONES DEPORTIVAS DEL CANAL.

  23. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

    ? Procedencia de los datos: El propio interesado o su representante legal.

    ? Procedimiento de recogida: Formularios o cupones.

  24. Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales.

    ? No se prevén cesiones.

  25. Fichero: CLIENTES.

  26. Órgano, ente o autoridad administrativa responsable del fichero: Vicepresidencia Primera y Portavocía del Gobierno, Canal de Isabel II.

  27. Órgano, servicio o unidad ante el que se deberán ejercitar los derechos de accesos, rectificación, cancelación y oposición: Subdirección de Asesoría Jurídica.

  28. Nombre y descripción del fichero que se crea: CLIENTES. FICHERO DE CONTRATOS DE SUMINISTRO DE AGUA CON DATOS DE TITULARIDAD, CONTACTO, COBRO, SALDOS E HISTÓRICO DE FACTURACIÓN Y COBRO.

  29. Carácter informatizado o manual estructurado del fichero: Informatizado.

  30. Sistema de información al que pertenece el fichero: INFORMACIÓN QUE RESIDE EN SISTEMAS CORPORATIVOS (SAP, HOST), ENTORNO OFIMÁTICO Y WEB Y APLICACIONES DESARROLLADAS INTERNAMENTE.

  31. Medidas de seguridad que se aplican: Básico.

  32. Tipos de datos de carácter personal que se incluirán en el fichero:

    ? Datos de carácter identificativo: DNI/NIF, nombre y apellidos, dirección (postal, electrónica), teléfono, otros, número de contrato, observaciones.

    ? Datos de circunstancias sociales: Otros, consumo de agua realizado y otros conceptos.

    ? Datos económico-financieros y de seguros: Datos bancarios, Otros, importe de la facturación, importe pendiente de cobro.

    ? Datos de transacciones: Otros, contenido de sugerencias y reclamaciones.

  33. Descripción detallada de finalidad del fichero y usos previstos del mismo: GESTIÓN DE CLIENTES PARA: FACTURACIÓN, LECTURA DE CONTADORES, INSPECCIONES, GESTIÓN DE COBROS, RECLAMACIONES, GESTIÓN DEL NIVEL DE SATISFACCIÓN DEL CLIENTE POR EL SERVICIO OFRECIDO Y GESTIÓN COMERCIAL.

  34. Personas o colectivos sobre los que se pretende obtener datos o que resulten obligados a suministrarlos: TITULARES DEL CONTRATO DE SUMINISTRO DE AGUA.

  35. Procedencia o procedimiento de recogida de los datos:

    ? Procedencia de los datos: El propio interesado o su representante legal, Administraciones públicas.

    ? Procedimiento de recogida: Encuestas o entrevistas, formularios o cupones, transmisión electrónica de datos/Internet, otros, contacto telefónico.

  36. Órganos y entidades destinatarias de las cesiones previstas, indicando de forma expresa las que constituyan transferencias internacionales: Bancos...

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