ORDEN 984/2004, de 28 de mayo,del Vicepresidente Primero, Portavoz y Consejero de Presidencia, por la que se convoca una beca para cursar estudios de posgrado en el Colegio de Europa de Natolin (Polonia).

Rango de LeyOrden

ORDEN 984/2004, de 28 de mayo,del Vicepresidente Primero, Portavoz y Consejero de Presidencia, por la que se convoca una beca para cursar estudios de posgrado en el Colegio de Europa de Natolin (Polonia).

De acuerdo con el Decreto 60/2004, de 15 de abril, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, corresponde a la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos, entre otras competencias, la coordinación general de las actuaciones de la Comunidad de Madrid relacionadas con la Unión Europea y la coordinación, impulso y seguimiento de la participación autonómica en el proceso comunitario, tanto directa como indirecta, incluida la presencia de la Comunidad de Madrid en el Comité de Regiones y cualesquiera otros órganos comunitarios.

La Comunidad de Madrid tiene suscrito un Convenio Específico de Colaboración con el Colegio de Europa de fecha 23 de enero de 2003, "prorrogable automáticamente porcurso académico, mientras no se denuncie por cualquiera de las partes" así como adenda para el 2004 por la que se estipula la aportación económica por parte de la Comunidad de Madrid, con cargo a los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2003, prorrogados para el 2004 por el Decreto 349/2003, de 30 de diciembre.

En el citado Convenio se establece la posibilidad de adjudicar una beca para la realización de estudios en el mencionado Colegio en su sede en Natolin (Polonia), para la obtención del "Diplôme de Etudes Européennes Interdisciplinaires Approfondies". La adenda al convenio regula las relaciones entre la Comunidad de Madrid y el Colegio de Europa, entidad de reconocido prestigio en la formación de posgrado de expertosen el Derecho de la Unión Europea desde su fundación en 1948.

Por todo ello, garantizando los principios de objetividad, concurrencia y publicidad y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

  1. El objeto de la presente Orden es la convocatoria de una beca para estudios de posgrado en el Colegio de Europa de Natolin (Polonia), en las áreas de Política y Administración, Derecho, Economía, Preadhesión a la Unión Europea y Las Políticas y las Acciones de la Unión Europea, de acuerdo con el programa que dicho Colegio tiene aprobado para la obtención del "Diplôme de Etudes Européennes Interdisciplinaires Approfondies".

Artículo 2

Beneficiario y ámbito territorial

2.1. El beneficiario de labeca deberá estar empadronado en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y reunir los siguientes requisitos:

  1. Titulación universitaria superior otorgada de preferencia por Universidad madrileña, o estar en condiciones de tenerla en el momento de adjudicación de la beca dándose preferencia a las siguientes áreas: Derecho, Ciencias Económicas y Empresariales, Ciencias Políticas.

  2. Dominio de los idiomas francés e inglés. Se valorará una tercera lengua extranjera.

  3. Tener como máximo treinta años de edad en el momento de presentar la solicitud.

2.2. El beneficiario de la beca no podrá realizar, mientras la disfrute, ningún tipo de trabajo remunerado y su percepción será incompatible con la de cualquier otra ayuda o subvenciónpara ese mismo fin, otorgada por cualquier entidad pública o privada.

2.3. Toda alteración de las condiciones tenidas en cuenta para la concesión, y en todo caso, la obtención concurrente de becas concedidas por cualquier Entidad pública o privada, nacional o internacional, podrá dar lugar a la modificación de la beca otorgada.

2.4. Quedarán excluidos del proceso de selección, sin entrar a su valoración, las solicitudes que no cumplan los requisitos mínimos de entrada.

2.5. El programa de estudios europeos especializados sobre integración europea en los campos jurídico, económico, político y administración, Preadhesión a la Unión Europea y Las Políticas y las Acciones de la Unión Europea, se llevará a cabo en el Colegio de Europa de Natolin (Polonia).

Artículo 3

Ámbito temporal

Los estudios de posgrado en el Colegio de Europa de Natolin se concederán a través de esta convocatoria para un curso académico y cuatro meses de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos.

Artículo 4

Dotación presupuestaria.

4.1. A los fines señalados en esta convocatoria se destinará la Partida económica 48390 del programa 103 de la Ley 14/2002, de 20 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2003, prorrogado para el 2004 por el Decreto 349/2003, de 30 de diciembre.

4.2. La beca estará dotada con la cantidad de 16.600 euros, incluyendo los gastos del becario (gastos académicos, de estancia, manutención, bolsa de viaje, etcétera) y la concertación de una póliza de asistencia sanitaria y accidentes corporales. Esta cantidad será entregada al inicio del curso académico al Colegio de Europa, que actuará como entidad colaboradora, una vez que la beca haya sido concedida.

Artículo 5

Realización de prácticas en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos.

El candidato que se proclame beneficiario de la citada beca deberá realizar cuatro meses de prácticas (septiembre adiciembre), una vez finalizados los estudios del "Diplôme de Etudes Européennes Interdisciplinaires Approfondies", en la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos, en calidad de becario.

La remuneración de estas prácticas estará supeditada a la existencia y cuantía de los créditos presupuestarios correspondientes a la Dirección General de Cooperación con el Estado y Asuntos Europeos.

Artículo 6

Iniciación, forma de concesión y documentación de las solicitudes.

El procedimiento para la concesión de la ayuda se iniciará a solicitud de los interesados, formulada de acuerdo con lo establecido en el artículo 70 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en su nueva redacción dada por Ley 4/1999, de 13 de enero.

La forma de concesión será el concurso.

Las solicitudes se presentarán en los modelos de impresos que se facilitarán en la Oficina de Atención al Ciudadano, sita en la plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3, 28003 Madrid, y se acompañarán de la documentación siguiente:

  1. Fotocopia compulsada del DNI y NIF.

  2. Certificado de empadronamiento, expedido por el Ayuntamiento de la localidad donde esté domiciliado.

  3. Fotocopia compulsada del título universitario o del resguardo de solicitud del título expedido por la Secretaría de la Facultad.

  4. Certificados que acrediten el conocimiento de inglés y francés, preferentemente TOEFL (nivel 550) o British Council (Proficiency) y Alianza Francesa (DALF) o diploma superior de la Escuela Oficial de Idiomas.

  5. Breve currículum vitae redactado en español y francés o inglés, incluyendo fotografía tamaño pasaporte y justificación documental de los méritos alegados en el mismo.

  6. Expediente académico expedido por la Secretaría de la Facultad o fotocopia compulsada, con calificaciones de estudios...

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