ORDEN 1221/2006, de 8 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de prácticas en empresas, organismos o instituciones ubicados en la Comunidad de Madrid a alumnos de las universidades de Madrid, centros adscritos a las mismas y centro asociado de la UNED...

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 1221/2006, de 8 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas para la realización de prácticas en empresas, organismos o instituciones ubicados en la Comunidad de Madrid a alumnos de las universidades de Madrid, centros adscritos a las mismas y centro asociado de la UNED en Madrid (becas: Humanidades y Ciencias Sociales y Jurídicas), y se convocan las correspondientes al curso 2006/2007.

Es cada vez más frecuente el hecho de que los estudiantes de últimos cursos de universidad realicen un período de formación práctica en las empresas, como parte de su currículo acreditado. Este tipo de programas está bastante extendido en áreas tales como Ingenierías y Tecnologías, Ciencias Experimentales y Ciencias Económicas y Empresariales, pero no así en el área de Humanidades ni en algunas titulaciones del área de Ciencias Sociales y Jurídicas.

La Dirección General de Universidades e Investigación de la Consejería de Educación de esta Comunidad considera conveniente continuar con el Programa de prácticas del área de Humanidades en las empresas e instituciones madrileñas, que comenzó en el año 1997 y que posteriormente se hizo extensivo al área de Ciencias Sociales y Jurídicas.

Desde su primera convocatoria, esta línea de ayudas tiene por objeto el de mejorar la inserción laboral de los alumnos mediante la realización de períodos formativos en empresas, organismos e instituciones de la Región que les permitan poner en práctica los conocimientos teóricos adquiridos. Actualmente en este Programa participan universidades, empresas e instituciones de todos los tamaños.

Los beneficiarios de las ayudas son los alumnos de las universidades dependientes de la Comunidad de Madrid, pertenecientes a las siguientes titulaciones de Humanidades: Antropología Social y Cultural, Bellas Artes, Estudios de Asia Oriental, Filología Alemana, Filología Árabe, Filología Clásica, Filología Eslava, Filología Española (plan en extinción en la UNED), Filología Francesa, Filología Hebrea, Filología Hispánica, Filología Inglesa, Filología Italiana, Filología Románica, Filosofía, Geografía, Geografía e Historia (plan en extinción en la UNED), Historia, Historia del Arte, Historia y Ciencias de la Música, Humanidades, Lingüística, Teoría de la Literatura y Literatura Comparada y Traducción e Interpretación, así como de las titulaciones del área de Ciencias Sociales y Jurídicas: Administración y Dirección de Empresas, Biblioteconomía y Documentación, Ciencias de la Actividad Física y del Deporte, Ciencias Actuariales y Financieras, Ciencias Económicas (plan en extinción en la UNED), Ciencias de la Educación (plan en extinción en la UNED), Ciencias Empresariales, Ciencias Políticas, Ciencias Políticas y de la Administración, Ciencias del Trabajo, Comunicación Audiovisual, Criminología, Derecho, Derecho Hispano-Francés, Documentación, Economía, Educación Social, Empresariales (plan en extinción en la UNED), Gestión y Administración Pública, Investigación y Técnicas de Mercado, Maestro en: Audición y Lenguaje, Educación Especial, Educación Física, Educación Infantil, Educación Musical, Educación Primaria, Lengua Extranjera, Pedagogía, Periodismo, Psicología, Psicopedagogía, Publicidad y Relaciones Públicas, Relaciones Laborales, Sociología, Trabajo Social y Turismo.

De estas, las titulaciones más demandadas por las empresas son, en la rama de Humanidades: Filología Inglesa, Historia del Arte y Traducción e Interpretación, y en la rama de Ciencias Sociales y Jurídicas: Biblioteconomía y Documentación, Administración y Dirección de Empresas, Ciencias Empresariales, Periodismo, Publicidad y Relaciones Públicas, Relaciones Laborales y Derecho.

Todo ello con el ánimo de mejorar la inserción laboral de los estudiantes de las titulaciones mencionadas y con el objetivo de completar la formación de los futuros titulados, desarrollando también trabajos y tareas útiles a las empresas, de acuerdo con sus capacidades y especialidades respectivas.

Por cuanto antecede, y de conformidad con lo previsto en la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades; la Ley 3/1983, de 25 de febrero, de Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, en su artículo 29; la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones; la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, modificada parcialmente por la Ley 2/2004, de 31 de mayo, de Medidas Fiscales y Administrativas; la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid, y demás normativa vigente,

DISPONGO

Capítulo 1 Artículos 1 a 12

Bases reguladoras

Artículo 1

Objeto de la Orden

1.1. El objeto de esta Orden será la aprobación de las bases reguladoras para la ayuda a la formación en prácticas de estudiantes en empresas, organismos o instituciones ubicados en la Comunidad de Madrid, en régimen de concurrencia competitiva y de acuerdo con las normas específicas que se contienen en la presente Orden, según lo dispuesto en el artículo 22.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones.

Artículo 2

Destino de las ayudas

2.1. Las ayudas se destinarán a los alumnos de las universidades dependientes de la Comunidad de Madrid, centros adscritos a las mismas, centros extranjeros autorizados por esta Comunidad, conforme a los artículos 18 y 19 del Real Decreto 557/1991, de 12 de abril, y centro asociado de la UNED en Madrid, de las titulaciones recogidas en el preámbulo de esta Orden.

2.2. La obtención concurrente de ayudas concedidas por cualquier entidad pública o privada, al margen de las aquí reguladas,

podrá dar lugar a la modificación de la subvención otorgada obligándose el beneficiario a declarar a la Fundación Universidad-Empresa cualquier ayuda otorgada en concurrencia con las presentes.

2.3. La condición de becario en el programa es incompatible con cualquier trabajo remunerado, con la percepción del seguro de desempleo y con cualquier otra beca análoga.

Artículo 3

Beneficiarios

Los beneficiarios de estas ayudas serán los alumnos de las universidades de Madrid, centros adscritos a las mismas y centro asociado de la UNED en Madrid (artículo 11 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones).

Artículo 4

Requisitos

4.1. Los candidatos que podrán concurrir a la presente convocatoria deberán cumplir los siguientes requisitos en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:

  1. Estar matriculados en el penúltimo curso de las titulaciones y centros indicados en el artículo 2.1, tanto para las diplomaturas como las licenciaturas, y, además, en el caso de las licenciaturas, haber superado el 50 por 100 de los créditos necesarios para obtener el título universitario cuyas enseñanzas estuviese cursando, según se contempla en el Real Decreto 1497/1981 y en el Real Decreto 1845/1994.

  2. Los estudios realizados en el extranjero deberán estar homologados por el Ministerio de Educación y Ciencia.

  3. Para optar a estas becas será necesario acreditar estar en posesión del documento nacional de identidad o pasaporte.

4.2. Estar en condiciones de matricularse en estudios universitarios oficiales en una universidad de la Comunidad de Madrid en el curso 2006/2007.

Artículo 5

Tramitación

5.1. El plazo de presentación de solicitudes será de veinte días naturales a partir del día siguiente a la publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de la presente Orden [artículo 17.3.b) de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones].

5.2. Las solicitudes se formalizarán, por duplicado, en los impresos incluidos como Anexos a la presente Orden (Anexos I al III, ambos inclusive), deberán cumplimentarse en todos sus extremos e ir firmados obligatoriamente todos ellos. Los impresos estarán a disposición de los interesados en el Centro de Información y Asesoramiento Universitario de la Dirección General de Universidades e Investigación, calle Alcalá, número 32, planta baja, o en la Fundación Universidad-Empresa, calle Serrano Jover, número 5, sexta planta. Asimismo estarán también disponibles a través de Internet en las siguientes direcciones: http://www.madrid.org/universidades de la Consejería de Educación y http://www.fue.es de la Fundación Universidad-Empresa. Además, las solicitudes deberán incluir toda la documentación que en el Anexo III, apartado 5, se relaciona, y que es la siguiente:

  1. Fotocopia por ambas caras del documento nacional de identidad o del pasaporte del solicitante.

  2. Certificación académica extraída de Internet en la que figuren las calificaciones obtenidas por curso y fechas de las mismas, así como porcentaje de créditos aprobados en ese momento. La Administración Autonómica se encargará de validar dicha certificación en la universidad.

  3. Currículum vítae del solicitante, según modelo incluido en el Anexo II.

  4. Documentación justificativa acreditando otros estudios y actividades complementarias.

5.3. Los solicitantes podrán rellenar la solicitud (Anexo I), cuyo modelo de impreso figura como Anexo a esta Orden, con los medios telemáticos facilitados en la página web de la Comunidad de Madrid, en el portal de información y servicios "Gestiona Tú Mis-

mo" (www.madrid.org/psga_gestiona), y enviarla por vía telemática mediante la utilización de la firma electrónica, cuyo certificado puede solicitarse, asimismo, en la página web. La presentación de la documentación adjunta (Anexos II y III y documentación relacionada en el punto anterior) deberá realizarse en los lugares indicados en el punto 4.4 de la presente Orden.

También podrán imprimir las páginas correspondientes a la solicitud de ayuda y presentarla, una vez cumplimentada con la correspondiente firma original, en los lugares previstos en el apartado siguiente, adjuntando la documentación requerida en el apartado anterior.

5.4. Las solicitudes irán dirigidas a...

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