ORDEN 6534/2002, de 26 de noviembre, del Consejero de Educación, por la que se convocan ayudas para la elaboración de titulaciones de posgrado con Universidades de la Unión Europea (masters europeos).

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

A la Comunidad de Madrid, de acuerdo con las competencias que le atribuye su Estatuto, le corresponde el desarrollo legislativo y ejecución de la enseñanza en toda su extensión, niveles y grados, sin perjuicio de las facultades que la Constitución reserva para el Estado.

Por su parte, la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, prevé que, en el ámbito de sus respectivas competencias, el Estado, las Comunidades Autónomas y las Universidades, adopten las medidas necesarias para la plena integración del sistema español en el Espacio Europeo de Educación Superior.

El Espacio Europeo de Educación Superior tiene su antecedente en la Declaración de la Sorbona de 1998 en la que se manifestó la necesidad de promover la convergencia entre los sistemas nacionales de educación superior. Con la declaración de Bolonia en 1999 se refrendaron algunos objetivos específicos para conseguir esta meta: El establecimiento de un sistema de créditos como el ECTS, la adopción de un Suplemento de Diploma, la adopción de un sistema basado en dos ciclos principales, grado y posgrado, y la cooperación europea en las garantías de calidad, entre otros.

La Comunidad de Madrid para facilitar la integración de las Universidades madrileñas en el Espacio Europeo de Educación Superior, ha diseñado un programa que comprende la realización de diversas acciones en el período 2003-2005, entre las que se encuentran las destinadas a:

- El establecimiento de redes universitarias que diseñen la adaptación de enseñanzas universitarias oficiales españolas al sistema de créditos europeo.

- El diseño de estudios de posgrado que incluyan Universidades de países miembros de la Unión Europea.

- La promoción de acciones conjuntas de evaluación y análisis de la calidad universitaria.

La presente convocatoria está destinada a desarrollar la segunda de estas acciones, y se plantea que tenga una continuidad en el período 2004-2005 a través de la implantación y desarrollo de las enseñanzas seleccionadas en esta convocatoria, previa evaluación de las mismas por la Agencia de Calidad, Acreditación y Prospectiva de la Comunidad de Madrid.

Por cuanto antecede, de conformidad con la normativa citada y la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en virtud de las competencias atribuidas a esta Consejería por el Decreto 155/2001, de 20 de septiembre,

DISPONGO

Artículo 1

Objetivo

El objeto de la convocatoria es regular las bases para la concesión de ayudas a las Universidades de Madrid para el desarrollo de seis masters europeos, en el sentido de estudios de posgrado, dentro de la estructura cíclica de los estudios universitarios propuesta en la Declaración de Bolonia. En el diseño de estos masters deberán participar Universidades de otros países de la Unión Europea.

Artículo 2

Solicitantes

  1. Podrán participar en esta convocatoria las Facultades, Escuelas y departamentos universitarios de las Universidades públicas de Madrid, como responsables de la coordinación del máster.

    Asimismo, será requisito que en la propuesta participe como mínimo otra Universidad pública madrileña y una o dos Universidades pertenecientes a otros países de la Unión Europea, sin perjuicio de que puedan participar en la organización de cada máster más Universidades públicas o privadas cualquiera que sea el ámbito territorial en el que desarrollen su actividad.

  2. Excepcionalmente, en caso de que la disciplina objeto del máster no se imparta más que en una Universidad pública de la Comunidad de Madrid, ésta podrá concurrir en solitario, contando en todo caso con una o dos Universidades de otros países de la Unión Europea.

  3. Las solicitudes de las Universidades participantes deberán contar con el visto bueno de los Rectores o Vicerrectores en quienes deleguen. Esta firma implicará el informe positivo de la Universidad y su compromiso de apoyar estos estudios.

Artículo 3

Naturaleza de las ayudas y crédito presupuestario

  1. Las solicitudes que reciban ayuda al amparo de la presente convocatoria deberán elaborar el programa de un máster, las guías docentes y proponer los contenidos para incorporar en el Suplemento Europeo al Título de las titulaciones seleccionadas, durante el período de febrero a septiembre de 2003.

  2. Las...

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