ORDEN 1130/2003, de 21 de noviembre, por la que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona de Crecimiento y Sustancias Relacionadas de la Comunidad de Madrid.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

ORDEN 1130/2003, de 21 de noviembre, por la que se crea el Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona de Crecimiento y Sustancias Relacionadas de la Comunidad de Madrid.

La Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid (LOSCAM), asigna la gestión de las prestaciones sanitarias, incluida la farmacéutica, a la Consejería de Sanidad, así como la supervisión, inspección y evaluación de las mismas. El Decreto 1/2002, de 17 de enero, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad, atribuye a la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria la coordinación de las políticas de farmacia y productos sanitarios, tanto en su vertiente de ordenación como de gestión de la prestación, correspondiendo el ejercicio de las funciones en materia de Farmacia a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios.

La experiencia acumulada en la utilización de la hormona de crecimiento ha demostrado importantes beneficios terapéuticos; no obstante, las especiales características de este medicamento hacen necesario que su utilización sea valorada por expertos en su manejo clínico, que garanticen la idoneidad del tratamiento. Con el objetivo de hacer compatibles la equidad de acceso al tratamiento por parte de los pacientes que lo necesiten, la idoneidad del tratamiento con hormona de crecimiento y la adecuada gestión de los recursos económicos asignados a la sanidad pública, se hace necesaria la creación de un Comité Asesor para la Utilización Terapéutica de la Hormona de Crecimiento y Sustancias Relacionadas para el ámbito de la Comunidad de Madrid, como receptor del traspaso de las funciones y servicios ejercidos por el Comité existente en el antiguo Insalud.

En virtud de ello, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo 9 de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Naturaleza, fines y régimen jurídico

Se crea el Comité Asesor para la Utilización de la Hormona de Crecimiento y Sustancias Relacionadas de la Comunidad de Madrid (en adelante Comité) como órgano consultivo de la Viceconsejería de Asistencia Sanitaria adscrito a la Dirección General de Farmacia y Productos Sanitarios, con el fin de garantizar la calidad de la asistencia farmacoterapéutica a los pacientes susceptibles de ser tratados con la misma.

Se constituirá como órgano colegiado cuyo régimen jurídico, ajustándose a los preceptos básicos del Capítulo II, del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, en el presente Decreto y, supletoriamente, en los preceptos no básicos del Capítulo II, del Título II de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre.

Artículo 2

Objetivos y funciones

El Comité tiene como...

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