Regulación tasa derechos examen– Orden 255/2014, de 6 de febrero, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se regula la tasa por derechos de examen para la selección del personal al servicio de la Comunidad de Madrid

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
Rango de LeyOrden

Portavocía del Gobierno, por la que se regula la tasa por derechos de examen para la selección del personal al servicio de la Comunidad de Madrid.

Mediante Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, se aprobó el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, regulándose en su título IV, capítulo VIII, la tasa por derechos de examen para la selección del personal al servicio de la Comunidad de Madrid.

La disposición final del citado texto legal, concretamente en su apartado primero, párrafo segundo, faculta a los Consejeros competentes por razón de la materia para aprobar, previo informe favorable de la Consejería competente en materia de hacienda, la forma, plazos de ingreso, modelos de impreso y normas de desarrollo que sean necesarias para la gestión, liquidación y recaudación de todas las tasas reguladas en el título IV de la norma.

Por su parte, la Ley 11/2007, de 22 de junio, de Acceso Electrónico de los Ciudadanos a los Servicios Públicos, en la que se reconoce su derecho a relacionarse electrónicamente con las Administraciones Públicas, requiere de estas la adopción de cuantas medidas sean precisas para que los trámites y actuaciones que hayan de desarrollarse en los distintos procedimientos, contemplen el acceso a las mismas a través, entre otros, de los correspondientes medios electrónicos, adaptando aquellos a las necesidades que demanda la incorporación a las nuevas tecnologías.

En consecuencia, la presente Orden tiene como finalidad primordial facilitar la gestión y tramitación de la tasa de referencia por vía telemática, introduciendo los mecanismos apropiados a tal efecto.

En virtud de cuanto antecede, en uso de las facultades conferidas por la normativa anteriormente indicada, y previo informe preceptivo de la Consejería de Economía y Hacienda,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

La presente Orden tiene por objeto establecer el procedimiento para la gestión, liquidación y recaudación de la tasa por derechos de examen para la selección del personal al servicio de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Tarifas

La tasa se exigirá de acuerdo con las tarifas establecidas en el artículo 74 del Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Comunidad de Madrid, aprobado por Decreto Legislativo 1/2002, de 24 de octubre, siendo objeto de actualización conforme se establezca en las sucesivas Leyes que pudieran modificar el importe de las mismas.

Artículo 3

Sistema de liquidación y modelo de impreso

  1. El ingreso de la tasa se realizará mediante autoliquidación del sujeto pasivo, en el momento en que este formule la solicitud de admisión a pruebas selectivas para el ingreso en la Administración de la Comunidad de Madrid.

  2. Los sujetos pasivos ingresarán el importe correspondiente mediante...

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