Orden 4062/2007, de 28 de diciembre, del Consejero de Sanidad, por la que se suprime un fichero de datos de carácter personal de la Dirección General de Atención al Paciente y Relaciones Institucionales, denominado "Tarjeta Individual Sanitaria", que se integra en el de nueva creación "Sistema de información poblacional de...
Sección | C - Otras Disposiciones |
Emisor | Consejeria de Sanidad |
Rango de Ley | Orden |
La Ley 16/2003, de 28 de mayo, de Cohesión y Calidad del Sistema Nacional de Salud, en su artículo 57, dispone que el acceso de los ciudadanos a las prestaciones de la atención sanitaria que proporciona el Sistema Nacional de Salud se facilitará a través de la Tarjeta Sanitaria Individual, como documento administrativo que acredita determinados datos de su titular.
En desarrollo del citado artículo, se aprobó el Real Decreto 183/2004, de 30 de enero, por el que se regula la Tarjeta Sanitaria Individual, estableciendo su artículo 2 que las Administraciones sanitarias autonómicas emitirán una Tarjeta Sanitaria Individual con soporte informático a las personas residentes en su ámbito territorial que tengan acreditado el derecho a la asistencia sanitaria pública.
Dicho Real Decreto regula, igualmente, los requisitos y condiciones para la emisión y validez de la Tarjeta Sanitaria Individual, los datos básicos comunes, que de forma normalizada deberán incorporar el código de identificación personal del Sistema Nacional de Salud, y la base de datos de población protegida de dicho sistema.
En el ámbito de la Comunidad de Madrid, el artículo 34.f) de la Ley 12/2001, de 21 de diciembre, de Ordenación Sanitaria de la Comunidad de Madrid, atribuye a la Consejería de Sanidad, vinculándolo a la función de autoridad sanitaria y aseguramiento público, la emisión de la Tarjeta Sanitaria Individual.
El Decreto 7/2007, de 20 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en su artículo 10, dispone que corresponden a la Consejería de Sanidad las competencias que actualmente tiene atribuidas, excepto las relativas a la materia de consumo.
Posteriormente, mediante el Decreto 40/2007, de 28 de junio, por el que se modifican parcialmente las estructuras de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid, se procedió a definir la estructura de la Consejería de Sanidad, conservando las Direcciones Generales así como sus competencias, cuya denominación se mantiene.
A este respecto, el artículo 22 del Decreto 100/2005, de 29 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo, atribuye a la Dirección General de Atención al Paciente y Relaciones Institucionales la competencia de impulso y desarrollo de las políticas de garantía del aseguramiento sanitario público y la gestión de los instrumentos que reconocen dicho aseguramiento.
Mediante Orden 1060/2003, de 6 de noviembre, por la que se crean ficheros de datos de carácter personal dependientes de la Dirección General de Aseguramiento y Atención al Paciente de la Consejería de Sanidad de la Comunidad de Madrid, se creó el fichero automatizado denominado “Tarjeta Individual Sanitaria” con la finalidad de recoger el conjunto o recopilación de información básica de cada ciudadano como usuario del Sistema Nacional de Salud de la Comunidad de Madrid y para uso de gestión sanitaria y asistencial. Siendo los usuarios de la Red Sanitaria Única de Utilización Pública de la Comunidad de Madrid los obligados a suministrar los datos de carácter identificativo.
Dado que ha sido creado un nuevo sistema de información centralizado, “Centro de...
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