DECRETO 43/2001, de 22 de marzo, de creación y supresión de ficheros que contienen datos de carácter personal, de la Dirección General de Promoción Cultural de la Consejería de Cultura.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Cultura
Rango de LeyDecreto

El artículo 11.2 de la Ley 13/1995, de 21 de abril, de regulación del uso de la informática en el tratamiento de datos personales por la Comunidad de Madrid, reformada por la Ley 13/1997, de 16 de junio, establece que la creación, modificación o supresión de ficheros automatizados de datos de carácter personal se realizará mediante Decreto del Consejo de Gobierno, previo informe preceptivo de la Agencia de Protección de Datos, de acuerdo con lo previsto el artículo 12.4 de dicho texto legal.

Por otra parte, el Decreto 11/1999, de 8 de julio, del Presidente de la Comunidad de Madrid, crea la Consejería de Cultura, a la que corresponden las competencias atribuidas hasta entonces a la Consejería de Educación y Cultura en el ámbito de la Dirección General de Promoción Cultural y del Órgano de Gestión Centro de Estudios y Actividades Culturales, que se suprime; así como las competencias previstas en el artículo 26.1.18 del Estatuto de Autonomía, a excepción de las referentes a los conservatorios de música y danza atribuidas a la citada Dirección General.

De acuerdo con lo expuesto, es necesario proceder a la creación de un fichero automatizado que contiene datos de carácter personal, gestionado por la Dirección General de Promoción Cultural, así como la supresión de otros dos, uno informatizado y otro manual, creados con anterioridad y cuya gestión correspondía al extinto Centro de Estudios y Actividades Culturales, lo que viene a realizarse mediante el presente Decreto.

En su virtud, a propuesta de la Consejería de Cultura, una vez emitido el informe de la Agencia de Protección de Datos, y previa deliberación del Consejo de Gobierno en sesión celebrada el 22 de marzo de 2001.

DISPONGO

Artículo único

Creación y supresión de ficheros

Se crea el fichero automatizado que se relaciona en el Anexo 1.o y se suprimen los enumerados en los Anexos 2.o y 3.o del presente Decreto, en los términos fijados en la Ley 13/1995, de 21 de abril, de regulación del uso de la informática en el tratamiento de datos de carácter personal por la Comunidad de Madrid, modificada por la Ley 13/1997, de 16 de junio.

DISPOSICIÓN FINAL

Única

Entrada en vigor

El presente Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

Madrid, a 22 de marzo de 2001.

ANEXO 1.o

FICHERO AUTOMATIZADO DE DATOS DE...

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