ORDEN 6467/2005, de 29 de noviembre, por la que se convocan ayudas destinadas a subvencionar las actividades realizadas en el ejercicio 2006 por parte de las federaciones, confederaciones y asociaciones de alumnos.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 6467/2005, de 29 de noviembre, por la que se convocan ayudas destinadas a subvencionar las actividades realizadas en el ejercicio 2006 por parte de las federaciones, confederaciones y asociaciones de alumnos.

La Orden 422/2005, de 8 de febrero, de la Consejería de Educación , de carácter normativo, establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar actividades de las federaciones, confederaciones y asociaciones de alumnos. El párrafo segundo de su artículo 2.2 dispone que "mediante Orden de la Consejería de Educación se aprobará anualmente la correspondiente convocatoria de las ayudas, con indicación del crédito destinado a su financiación. Dicha Orden deberá publicarse en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID con anterioridad al 15 de enero".

En cumplimiento de lo dispuesto en dicha norma y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, aplicable en aquellos preceptos que constituyen legislación básica del Estado, así como en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, esta Consejería de Educación

DISPONE

Artículo 1

Se convocan ayudas destinadas a subvencionar las actividades realizadas en el ejercicio 2006 por parte de las federaciones, confederaciones y asociaciones de padres de alumnos.

Artículo 2

El crédito máximo destinado a estas ayudas asciende a 18.000 euros, que se financiarán con cargo a la partida 48260, "Ayudas a actividades de alumnos", del programa 503, "Coordinación de centros", de los Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para 2006.

Artículo 3

El plazo de presentación de solicitudes y demás requerimientos de la convocatoria, exigidos en los artículos 17 y 23 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, serán los que figuran en la Orden 422/2005, de 8 de febrero, de la Consejería de Educación, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas destinadas a financiar actividades de las asociaciones de alumnos.

La citada Orden 422/2005 figura como Anexo de esta Orden de convocatoria.

Madrid, a 29 de noviembre de 2005.

El Consejero de Educación, LUIS PERAL GUERRA

ANEXO

ORDEN 422/2005, DE 8 DE FEBRERO, DEL CONSEJERO DE EDUCACIÓN, POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS CON DESTINO A FINANCIAR ACTIVIDADES DE LAS FEDERACIONES, CONFEDERACIONES Y ASOCIACIONES DE ALUMNOS Y SE CONVOCAN LAS CORRESPONDIENTES AL EJERCICIO 2005

La Ley Orgánica 8/1985, reguladora del Derecho a la Educación, reconoce en su artículo 4 el derecho de los los alumnos a asociarse en defensa de sus intereses, con las finalidades que se establecen.

En orden al mejor cumplimiento de dicha previsión legislativa, resulta de interés fomentar el asociacionismo entre los alumnos de enseñanzas no universitarias, mediante el establecimiento de un sistema de subvenciones. Se pretende así incentivar la participación de dichos alumnos en la gestión de los centros, su colaboración en la labor educativa de los mismos y, en definitiva, involucrarles con su conducta activa en aquellos asuntos de su vida social que más les afecta.

La presente Orden establece, pues, las bases por las que ha de regirse la concesión de ayudas a dichas asociaciones, federaciones y confederaciones por la Consejería de Educación, en ejercicio de las competencias que le atribuye el Decreto117/2004, de 29 de julio.

En virtud de lo expuesto y de conformidad con lo establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que resulta aplicable en aquellos preceptos que constituyen legislación básica del Estado, así como en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, esta Consejería de Educación

DISPONE

Artículo 1

Objeto y finalidad

  1. La presente Orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras a que ha de ajustarse la concesión, por la Consejería de Educación, de las ayudas destinadas a fomentar la actividad de las asociaciones de alumnos y de sus federaciones o confederaciones, vinculadas a centros docentes de la Comunidad de Madrid que impartan enseñanzas no universitarias de régimen general.

  2. Las actividades objeto de subvención estarán orientadas a la consecución de las finalidades que las normas reguladoras de las asociaciones de alumnos asignan a estas asociaciones, federaciones y confederaciones, y, en particular, a promover actitudes que tengan por fin:

? La participación de los alumnos en los consejos escolares y en las asociaciones de alumnos.

? La tolerancia e integración social como valores de convivencia ante problemas como la intolerancia, violencia, racismo o xenofobia.

? La realización de actividades extraescolares y complementarias de carácter educativo, deportivo y cultural.

? La información y asesoramiento a los estudiantes sobre temas educativos de su interés.

? La divulgación de las asociaciones de alumnos y sus actividades entre el alumnado de los centros docentes.

Artículo 2

Naturaleza y cuantía de las ayudas

  1. Las ayudas constituyen subvenciones que se otorgan en régimen de concurrencia competitiva.

  2. El presupuesto asignado a cadaconvocatoria anual ascenderá al importe que anualmente venga consignado en la partida 48260, del programa 503, del presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid para el ejercicio que...

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