ORDEN 3744/2001, de 12 de septiembre, de la Consejería de Educación, por la que se crea una Sección de Educación Secundaria Obligatoria en Soto del Real.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

La Comunidad de Madrid, una vez operado el traspaso de funciones y servicios en materia docente no universitaria, en virtud del Real Decreto 926/1999, de 28 de mayo, ha de asegurar la escolarización de los alumnos de la Educación Secundaria Obligatoria.

Mediante la creación de la Sección que establece la presente Orden, se logra garantizar el derecho a la educación, en unas condiciones que suponen la aproximación de la oferta educativa al lugar de residencia de las familias.

Por lo expuesto, de conformidad con lo establecido en el artículo 80 del Reglamento Orgánico de los Institutos de Educación Secundaria, aprobado por Real Decreto 83/1996, de 26 de enero, y en uso de las atribuciones conferidas en el Real Decreto 926/1999, de 28 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración General del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de enseñanza no universitaria ("Boletín Oficial del Estado" de 23 de junio), el Decreto 313/1999, de 28 de octubre, por el que se aprueban las competencias y estructura orgánica de la Consejería de Educación,

DISPONGO

Primero

Se crea una Sección de Educación Secundaria Obligatoria, número de código 28057751, en el municipio de Soto del Real, adscrita al IES Alexander Graham Bell, número de código 28036991 ubicado en Colmenar Viejo.

Segundo

Esta Sección entrará en funcionamiento en el curso 2001/2002, en el que se implantará el primero y el segundo ciclo de la Educación Secundaria Obligatoria.

Tercero

La estructura y funcionamiento de esta Sección de Educación Secundaria Obligatoria se adaptará a lo establecido en el artículo 80 del...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR