ORDEN 1418/2006, de 14 de julio, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se convocan los XI Premios de Investigación en Consumo de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Sanidad y Consumo
Rango de LeyOrden

ORDEN 1418/2006, de 14 de julio, de la Consejería de Sanidad y Consumo, por la que se convocan los XI Premios de Investigación en Consumo de la Comunidad de Madrid.

La defensa de los consumidores constituye uno de los principios rectores de la política social y económica tal y como se configura en el artículo 51 de la Constitución y se articula a través de una serie de procedimientos eficaces con el fin de proteger la seguridad, la salud y los legítimos intereses económicos de aquellos. En este sentido, la investigación puede contribuir de manera sustancial al conocimiento de la materia, de forma que favorezca el desarrollo los mecanismos adecuados para garantizar la protección a los consumidores con el fin último de atender a las necesidades de la comunidad y procurar una mayor calidad de vida de los ciudadanos.

La Consejería de Sanidad y Consumo, en cumplimiento del mandato contenido en el artículo 44.2 de la Constitución, dirigido a los poderes públicos para que promuevan la investigación científica y técnica en beneficio del interés general, y de acuerdo con las atribuciones que se le confieren en materia de consumo a través de la Dirección General de Consumo en el artículo 14 del Decreto 100/2005, de 29 de septiembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Sanidad y Consumo, procede a efectuar la XI Convocatoria de los Premios de Investigación y Consumo de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, vistas las disposiciones citadas y demás normas de general y pertinente aplicación,

DISPONGO

Artículo 1

Convocatoria

Se convocan los XI Premios de Investigación en Consumo de la Comunidad de Madrid correspondientes al año 2006.

Artículo 2

Objeto

El objeto de este premio es la realización de un trabajo de investigación, ya sea estudio, análisis, puesta a prueba de una hipótesis, formulación de un modelo teórico, revisión de materiales publicados o de acciones realizadas u otros equivalentes, referido a la protección, defensa e información del consumidor.

Artículo 3

Aspirantes

  1. Podrán optar al XI Premio de Investigación en Consumo de la Comunidad de Madrid:

  1. Las personas físicas que desarrollen su actividad principal o tengan su residencia principal en el territorio de la Comunidad de Madrid.

  2. Las entidades o instituciones sin ánimo de lucro y universidades públicas o privadas cuyo ámbito de actuación se

encuentre en el territorio de la Comunidad de Madrid y estén debidamente inscritas en los registros correspondientes.

Artículo 4

Requisitos de los aspirantes

Los autores de los trabajos premiados para tener derecho a la percepción del importe correspondiente a los premios concedidos, deberán justificar documentalmente:

  1. No tener deudas en período ejecutivo de pago con la Comunidad de Madrid, salvo que las mismas estén debidamente garantizadas, documentación que la Dirección General de Consumo aportará al expediente.

  2. Hallarse al corriente de las obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social mediante los correspondientes certificados expedidos por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, salvo en el caso de los aspirantes que sean personas físicas, los cuales quedan exonerados de este requisito.

  3. Las entidades, instituciones o universidades que se presenten a los premios convocados por la presente Orden, deberán cumplir lo establecido en el artículo 13 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, que establece los requisitos para obtener la condición de beneficiario, debiendo presentar declaración jurada de estar exentos de las circunstancias mencionadas en el citado artículo 13.

  4. En ningún caso podrán obtener la condición de beneficiarios de la subvención regulada en esta Orden, las asociaciones incursas en las causas de prohibición previstas en los apartados 5 y 6 del artículo 4 de la Ley Orgánica 1/2002, de 22 de marzo, Reguladora del Derecho de Asociación.

Artículo 5

Plazo, lugar y requisitos de presentación de los trabajos

  1. El plazo de presentación de los trabajos o estudios finalizará el 8 de septiembre de 2006.

  2. Los trabajos se presentarán en el Registro de la Dirección General de Consumo de la Consejería de Sanidad y Consumo, sito en la calle Ventura Rodríguez, número 7, cuarta planta, o en cualquiera de las oficinas de Registro de la Comunidad de Madrid, Administración General del Estado, en las oficinas de Registro de los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid adheridos al Convenio Marco Ventanilla Única o demás formas previstas en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento...

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