ORDEN 1773/2004, de 11 de mayo, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la concesión de ayudas económicas para la realización de proyectos de innovación educativa.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 1773/2004, de 11 de mayo, de la Consejería de Educación, por la que se resuelve la concesión de ayudas económicas para la realización de proyectos de innovación educativa.

Vista la Orden 5608/2003, de 29 de septiembre (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 22 de octubre de 2003), de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas económicas y premios para la realización de proyectos de innovación educativa.

Vistas las Actas de la Comisión de Selección, reunidas en Madrid los días 19 de febrero, 9 de marzo y 13 de abril de 2004,

DISPONGO

Primero

Conceder subvenciones, por un importe de 90.786,49 euros, a los centros propuestos en las Actas de la Comisión de Selección, que seguidamente se relacionan, por las cuantías que se especifican pormenorizadamente, con el fin de apoyar la realización de las actividades objeto de la Convocatoria, con cargo a la partida 48500 del Programa 509.

Segundo

Las subvenciones se harán efectivas en un único plazo, una vez realizada la actividad y previa justificación de gastos mediante:

? Memoria pedagógica de la experiencia realizada según Anexo VI, en papel y soporte informático.

? Justificación de los gastos realizados mediante certificado firmado por el secretario del Centro con el visto bueno del director.

? Certificación de que la cuantía de la subvención concedida sumada a otras que el beneficiario pudiera obtener por el mismo concepto, no supera el 100 por 100 del importe del coste total de la actividad subvencionada, según Anexo V.

Los centros privados concertados presentarán la justificación de los gastos mediante fotocopia compulsada de las facturas o justificantes correspondientes. Asimismo, deberán incluir las certificaciones de encontrarse al corriente de sus obligaciones fiscales y frente a la Seguridad Social, en cualquier caso de conformidad con lo establecido en la Orden 2532/1998, de 29 de septiembre, de la Consejería de Hacienda (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de octubre de 1998).

Todo ello de conformidad con lo establecido en los artículos 7.3 y 8.b) de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones dela Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 21 de marzo), y el Decreto 76/1993, de 26 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de agosto de 1993), de aprobación del Reglamento de Procedimiento para la concesión de ayudas y subvenciones públicas.

Tercero

Excluir las solicitudes, por los motivos que se citan:

? Por...

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