Orden 527/2006, de 10 de marzo, del Consejero de Economía e Innovación Tecnológica, por la que se desarrolla la designación de los miembros representantes de la Comunidad de Madrid en la Junta Electoral prevista en el artículo 21 de la Ley 10/1999, de 16 de abril, que regula la Cámara Oficial de Comercio e Industria en la Comunidad de Madrid,...

SecciónD - Anuncios
EmisorConsejería de Economía e Innovación Tecnológica
Rango de LeyOrden

Orden 527/2006, de 10 de marzo, del Consejero de EconomÌa e InnovaciÛn TecnolÛgica, por la que se desarrolla la designaciÛn de los miembros representantes de la Comunidad de Madrid en la Junta Electoral prevista en el artÌculo 21 de la Ley 10/1999, de 16 de abril, que regula la C·mara Oficial de Comercio e Industria en la Comunidad de Madrid, para el proceso electoral previsto para la renovaciÛn del Pleno de la C·mara Oficial de Comercio e Industria de Madrid.

Mediante la Orden ITC/2579/2005, de 29 de julio, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio, se declarÛ abierto el proceso electoral para la renovaciÛn Ìntegra de los Plenos de las C·maras Oficiales de Comercio, Industria y NavegaciÛn el dÌa 1 de septiembre de 2005, en funciÛn de lo contenido en el artÌculo 9 de la Ley 3/1993, de 22 de marzo, B·sica de las C·maras Oficiales de Comercio, Industria y NavegaciÛn.

Una vez abierto dicho proceso electoral, y con el fin de garantizar la objetividad y transparencia del mismo, han de constituirse las correspondientes juntas electorales, con la composiciÛn y funciones que determine la AdministraciÛn tutelante, de forma que se garantice su actuaciÛn independiente y eficaz.

En el ·mbito de la Comunidad de Madrid, el artÌculo 2 de la Ley 10/1999, de 16 de abril, por la que se regula la C·mara Oficial de Comercio e Industria de Madrid, atribuye a esta, a travÈs de su ConsejerÌa de EconomÌa e InnovaciÛn TecnolÛgica, la tutela de la C·mara Oficial de Comercio e Industria de Madrid.

De este modo, el artÌculo 21 de la misma norma, y el artÌculo 24 del Decreto 253/2000, de 30 de noviembre, que desarrolla la citada Ley, regulan la composiciÛn y funciones de la Junta Electoral. En lo relativo a su composiciÛn, el Consejero de EconomÌa e InnovaciÛn TecnolÛgica designar· a tres representantes de la Comunidad de Madrid, uno de los cuales ejercer· de Presidente; a los que se sumar·n tres representantes de los electores de la C·mara, elegidos...

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