ORDEN 1156/2006, de 6 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 1156/2006, de 6 de marzo, de la Consejería de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid.

La Orden ECD/1696/2002, de 1 de julio, del Ministerio de Educación, Cultura y Deporte, por la que se crean los Premios Nacionales de Formación Profesional y se establecen los requisitos para la concesión de los Premios Extraordinarios de Formación Profesional, establece ("Boletín Oficial del Estado" de 5 de julio), facultar a las Administraciones educativas a realizar las convocatorias, regular el procedimiento y conceder estos premios en sus respectivos ámbitos territoriales. Asimismo dispone que la

obtención del Premio Extraordinario dará opción, previa inscripción, a concurrir al Premio Nacional de Formación Profesional.

La concesión de dichos premios tiene por objeto tanto reconocer oficialmente la trayectoria académica y profesional basada en el trabajo, el esfuerzo y la dedicación de los alumnos que finalizan los estudios de Formación Profesional, como permitir su participación en la respectiva convocatoria de los Premios Nacionales de Formación Profesional.

En virtud de lo anterior, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 926/1999, de 28 de mayo, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de enseñanza no universitaria, en el Decreto 117/2004, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, y en aplicación del ar

tículo 9 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto

El objeto de la presente Orden es aprobar las bases reguladoras por las que han de regirse los Premios Extraordinarios de Formación Profesional de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Convocatorias

Dichos premios se convocarán anualmente mediante Resolución de la Viceconsejería de Educación, que fijará el procedimiento por el que se regirán.

Artículo 3

Requisitos de los aspirantes

  1. Podrán optar al Premio Extraordinario los alumnos que hayan cursado y superado las enseñanzas de algún ciclo formativo de grado superior de la Formación Profesional establecida por la Ley Orgánica 1/1990 y las hayan finalizado en el curso correspondiente de cada convocatoria en un centro docente de la Comunidad de Madrid.

  2. Para tomar parte en la convocatoria será necesario haber obtenido como calificación final de las enseñanzas cursadas una puntuación igual o superior a 8,5.

  3. El cálculo de dicha puntuación se efectuará hallando la media aritmética simple de las calificaciones de los módulos profesionales que tengan valoración numérica; del resultado se tomará la parte entera y la primera cifra decimal redondeada por exceso si la segunda cifra decimal resultase ser igual o...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR