ORDEN 952/2007, de 24 de abril, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de convocatoria de subvenciones a las Corporaciones Locales para la construcción y equipamiento de Centros de Recogida de Residuos Valorizables y Especiales (Puntos Limpios).

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyOrden
EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

La Ley 5/2003, de 20 de marzo, de Residuos de la Comunidad de Madrid, establece la necesidad de que los municipios de más de 1.000 habitantes dispongan de un Punto Limpio para depositar los residuos de forma segregada, facilitando así su valorización y eliminación.

En este sentido, la Orden 2505/2005, de 2 de agosto, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de agosto de 2005, modificada por las Órdenes 1520/2006, de 3 de mayo, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de mayo de 2006), y 2737/2006, de 4 de agosto, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de agosto de 2006), de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, aprobó las bases reguladoras de subvenciones a las Corporaciones Locales para la construcción y equipamiento de Centros de Recogida de Residuos Valorizables y Especiales (Puntos Limpios).

Esta línea de subvenciones trata de impulsar la construcción y equipamiento de Puntos Limpios por parte de las Corporaciones Locales de la Comunidad de Madrid, tanto municipios como Mancomunidades constituidas con arreglo a lo dispuesto en el artículo 44 de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.

Por cuanto antecede, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Ley 2/1995 de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en el Decreto 76/1993, de 26 de agosto, por el que se aprueba el Reglamento del Procedimiento para la Concesión de Ayudas y Subvenciones Públicas, el Decreto 222/1998, de 23 de diciembre, de desarrollo parcial de la Ley 2/1995, y en virtud de las atribuciones conferidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983 de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, y en el Decreto 323/1999, de 11 de noviembre, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, modificado por los Decretos 86/2001, de 21 de junio, 266/2001, de 29 de noviembre y 227/2003, de 24 de noviembre y 119/2004, de 29 de julio,

DISPONGO

Artículo 1

Convocatoria de subvenciones para el año 2007

Se convocan, para el año 2007, subvenciones a las Corporaciones Locales para la construcción y equipamiento de Centros de Recogida de Residuos Valorizables y Especiales (Puntos Limpios), de acuerdo con la Orden 2505/2005, de 2 de agosto, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 23 de agosto de 2005, modificada por las Órdenes 1520/2006, de 3 de mayo (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 25 de mayo de 2006), y 2737/2006, de 4 de agosto (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 14 de agosto de 2006), de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, de bases reguladoras de subvenciones a las Corporaciones Locales para la construcción y equipamiento de Centros de Recogida de Residuos Valorizables y Especiales (Puntos Limpios).

Artículo 2

Criterios presupuestarios

  1. ??Se convocan estas subvenciones para el año 2007, con cargo a la partida 76390 ?Corporaciones Locales?, del programa 602 de los presupuestos de la Comunidad de Madrid.

  2. ??Al resultar diferido el pago de las ayudas a ejercicios siguientes al de su concesión, al amparo de lo dispuesto en el artículo 55.2 de la Ley 9/1990, la financiación de la misma se realizará mediante compromiso de gasto de carácter plurianual, subordinado al crédito que, para cada ejercicio, autoricen en los presupuestos generales para la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y a la aprobación del gasto por el órgano competente. Para la presente convocatoria, se destinan un total de 940.500 euros para el ejercicio 2009.

  3. ??Para la presente convocatoria, la cuantía máxima subvencionable para cada uno de los tipos de Punto Limpio serán las siguientes:

a) Para la construcción y equipamiento de un Punto Limpio tipo 1, con el 70 por 100 del coste total de la inversión, y con un máximo de 165.000 euros por proyecto y Corporación Local.

b) Para la construcción y equipamiento de un Punto...

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