ORDEN 1438/2006, de 9 de junio, de la Consejería de Presidencia, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Gestión de Administración General, Grupo B, de la Comunidad de Madrid.

SecciónB - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Presidencia
Rango de LeyOrden

ORDEN 1438/2006, de 9 de junio, de la Consejería de Presidencia, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Gestión de Administración General, Grupo B, de la Comunidad de Madrid.

De acuerdo con lo previsto en el Decreto 79/2005, de 2 de agosto, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para el año 2005 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de agosto), y en el ejercicio de las competencias que le están atribuidas por el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1988, de 23 de junio, en la redacción dada por el Decreto 249/2000, de 23 de noviembre, en relación con el Decreto 149/2004, de 21 de diciembre, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Técnicos de Gestión de Administración General, Grupo B, de la Comunidad de Madrid, con sujeción a las siguientes

BASES DE CONVOCATORIA

Primera

Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 83 plazas en el Cuerpo de Técnicos de Gestión de Administración General, Grupo B, de la Comunidad de Madrid, por el sistema de promoción interna. Dichas plazas corresponden a la Oferta de Empleo Público

de la Comunidad de Madrid para el año 2005, aprobada por el Decreto 79/2005, de 2 de agosto.

1.2. De acuerdo con lo que se determina en el artículo 6 del Decreto 79/2005, de 2 de agosto, en relación a lo dispuesto por la Disposición Adicional Decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, del total de las plazas convocadas se reservan cinco para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, siempre que se cumplan los requisitos que en dichas normas se establecen. Las plazas reservadas para las personas con discapacidad se acumularán a las generales del turno de promoción interna en la medida en que se queden sin cubrir.

1.3. Los aspirantes solo podrán participar en uno de los turnos.

1.4. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública; la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid; el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el Decreto 79/2005, de 2 de agosto; la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, de la Consejería de Hacienda, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid; las bases de esta convocatoria, y demás normativa de aplicación.

1.5. El procedimiento de selección de los aspirantes se realizará a través del sistema de concurso-oposición, que será seguido de una fase de curso selectivo.

1.6. La publicación de todos los actos y acuerdos que se dicten en desarrollo del proceso selectivo se realizará a través del BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o mediante su inserción en los tablones de anuncios señalados en las presentes bases, según proceda, sin perjuicio de la publicidad que se dará a dichos actos a efectos informativos, mediante los medios establecidos en el Decreto 21/2002, de 24 de enero, por el que se regula la atención al ciudadano en la Comunidad de Madrid.

La publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID o, en su caso, en los tablones de anuncios, será vinculante a efectos de la convocatoria para la realización del ejercicio de la oposición y para el concurso y curso selectivo, así como la que determine el inicio del cómputo de cualquiera de los plazos que estén establecidos y sean de aplicación según lo dispuesto en las bases de la presente convocatoria.

1.7. La Dirección General de la Función Pública resolverá cuantas incidencias se susciten en el desarrollo de esta convocatoria, sin perjuicio de las que corresponden al Tribunal de Selección según lo dispuesto en la base 6.9.

Segunda

Interesados

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberán reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

  2. Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Administrativos de Administración General de la Comunidad de Madrid o pertenecer a la Escala de Administración General a extinguir del Grupo C.

    Asimismo podrán participar los funcionarios de carrera transferidos a la Comunidad de Madrid y que se encuentren pendientes de integración en el Cuerpo de Administrativos de Administración General de la Comunidad de Madrid.

    Podrán participar, igualmente, los funcionarios de carrera de otras Administraciones Públicas que se encuentren prestando servicios en la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, y que pertenezcan al Cuerpo General Administrativo de la Administración del Estado o Escala de carácter interdepartamental de Organismos Autónomos del Grupo C de la Administración Estatal, a la Subescala Administrativa de la Escala de Administración General de la Administración Local, o a cualquier Cuerpo, Escala o Especialidad de la Administración de otras Comunidades Autónomas equivalentes al Cuerpo de Administrativos de Administración General, Grupo C, de la Comunidad de Madrid.

  3. Haber prestado servicios efectivos como funcionario de carrera durante, al menos, dos años en el Cuerpo o Escala funcionarial de procedencia.

  4. Estar en posesión de, o en condiciones de obtener, la titulación de Diplomado Universitario, Ingeniero Técnico o Arquitecto Técnico. Tal y como previene la Disposición Transitoria Quinta de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, se considera equivalente a Diplomatura Universitaria el haber superado tres cursos completos de Licenciatura.

    En el caso de titulaciones obtenidas en el extranjero deberá estarse en posesión de la credencial que acredite su homologación.

  5. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sea incompatible con el desempeño de las funciones propias del Cuerpo.

  6. No haber sido separado mediante expediente disciplinario del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

    2.2. Los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse en el día de finalización del plazo de presentación de solicitudes y mantenerse durante todo el proceso selectivo.

    Tercera

    Aspirantes que concurran por el turno de discapacidad y/o soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios

    3.1. Los aspirantes que concurran por el turno de discapacidad deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 y reunir los requisitos previstos en la base segunda de esta convocatoria.

    3.2. Con independencia del turno por el que concurran, aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar, dentro del plazo referido en la base 5.2 de la presente convocatoria, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico acreditativo de la adaptación solicitada.

    3.3. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los participantes.

    A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales.

    En la Resolución por la que se aprueben las relaciones definitivas de aspirantes admitidos y excluidos y se anuncie la fecha de celebración del ejercicio de la fase de oposición, se indicará también los tablones de anuncios en los que el Tribunal hará pública la relación de aspirantes que han solicitado adaptación, indicando para cada uno de ellos la adaptación concedida o, en su caso, las razones de la denegación, tablones que deberán ser los mismos que los previstos para la publicación de las relaciones de admitidos.

    Cuarta

    Solicitudes

    4.1. Las solicitudes para participar en estas pruebas selectivas se ajustarán al modelo oficial que figura como Anexo II a las presentes bases y serán facilitadas gratuitamente en cualquier oficina de "Caja Madrid", en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3), o en cualquiera de los Registros de las Consejerías cuyas direcciones figuran en el Anexo III de esta convocatoria.

    4.2. Cumplimentación de la solicitud:

    4.2.1. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que constan en el reverso del ejemplar para el interesado:

    - En el apartado número 2, "Datos de la convocatoria", deben constar en los espacios reservados para ello, los siguientes datos:

    - Número de orden de convocatoria: 1438/2006.

    - Fecha de Publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

    - Código del Cuerpo al que se aspira.-Según la modalidad por la que accedan, los aspirantes señalarán los códigos que figuran a continuación:

    -Forma de acceso "A": Aspirantes pertenecientes al Cuerpo de Administrativos de Administración General, Grupo C, de la Comunidad de Madrid, o pertenecientes a la Escala de Administración General a extinguir del Grupo C, o funcionarios de carrera transferidos y pendientes de integración en dicho Cuerpo, deberán consignar el código 2652.1.

    -Forma de acceso "B": Aspirantes que se encuentren prestando servicios en la Comunidad de Madrid en virtud del procedimiento de movilidad establecido en el artículo 55 de la Ley 1/1986, de 10 de abril, deberán consignar el código 2652.2.

    - Descripción del Cuerpo al...

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