ORDEN 718/2001, de 16 de mayo, de la Consejería de Justicia, Función Pública y Administración Local, por la que se convocan pruebas selectivas de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Administrativos de Administración General, de la Comunidad de Madrid.

SecciónB - Autoridades y Personal
EmisorConsejeria de Justicia, Funcion Publica y Administracion Local
Rango de LeyOrden

El Decreto 53/2000, de 30 de marzo, que aprobó la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para 2000 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 10 de abril), en su artículo 9.o, segundo párrafo, ha establecido que por razones de eficacia y eficiencia en la gestión de las convocatorias derivadas de dicha Oferta, éstas podrán incluir plazas anunciadas en Ofertas anteriores y la Disposición Adicional tercera del Decreto 185/2000, de 31 de julio, que aprueba la Oferta de Empleo Público Adicional de la Comunidad de Madrid para 2000 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 8 de agosto), preceptúa que dicha Oferta Adicional se regirá en todos sus términos por lo dispuesto en el mencionado Decreto 53/2000.

En su virtud, de conformidad con las previsiones contenidas en el artículo 4 del Decreto 65/1999, de 13 de mayo, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para 1999 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID del día 20 de mayo) y en el Anexo I del Decreto 97/1999, de 24 de junio, por el que se aprueba una Oferta de Empleo Adicional de la Comunidad de Madrid para el año 1999 (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 5 de julio), así como en el artículo 4.o del Decreto 53/2000, de 30 de marzo, que aprueba la Oferta de Empleo Público de la Comunidad de Madrid para 2000, y en el Anexo I del Decreto 185/2000, de 31 de julio, por el que se aprueba la Oferta de Empleo Público Adicional de la Comunidad de Madrid para 2000, y en ejercicio de las competencias que le están atribuidas por el artículo 8.2, apartado I, de la Ley 1/1986, de 10 de abril, de la Función Pública de la Comunidad de Madrid, y el artículo 2.bis.7 del Decreto 74/1998, de 23 de junio, en la redacción dada por el Decreto 249/2000, de 23 de noviembre, esta Consejería ha resuelto convocar pruebas selectivas de promoción interna para ingreso en el Cuerpo de Administrativos de Administración General de la Comunidad Autónoma de Madrid, con sujeción a las siguientes:

BASES DE CONVOCATORIA

Primera

Normas generales

1.1. Se convocan pruebas selectivas para cubrir 1.020 plazas en el Cuerpo de Administrativos de Administración General de la Comunidad de Madrid por el sistema de promoción interna.

1.1.1. De estas plazas, 200 corresponden a la Oferta de Empleo Público para 1999, aprobada por Decreto 65/1999, de 13 de mayo, 7 a la Oferta de Empleo Público Adicional

para 1999 aprobada por Decreto 97/1999, de 24 de junio, 800 a la Oferta de Empleo Público para 2000 aprobada por Decreto 53/2000, de 30 de marzo, y las restantes 13 plazas a la Oferta de Empleo Público Adicional para 2000 aprobada por Decreto 185/2000, de 31 de julio.

1.1.2. De acuerdo con lo que se determina en el artículo 6 del Decreto 65/1999 y en el mismo ordinal del Decreto 53/2000, en relación a lo establecido en la Disposición Adicional Decimonovena de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 23 de julio, se reservan 50 plazas para personas con discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100, siempre que se cumplan los requisitos que en dichas normas se establecen, que se acumularán a las del turno de promoción interna en la medida en que se queden sin cubrir.

1.1.3. Los aspirantes sólo podrán participar en uno de los dos turnos.

1.2. Serán de aplicación a las presentes pruebas selectivas la Ley 30/1984, de 2 de agosto, modificada por la Ley 23/1988, de 28 de julio; la Ley de la Comunidad de Madrid 1/1986, de 10 de abril, el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, el Decreto 65/1999, de 13 de mayo, el Decreto 53/2000, de 30 de marzo, la Orden 1285/1999, de 11 de mayo, por la que se aprueban instrucciones relativas al funcionamiento y actuación de los Tribunales de Selección en el ámbito de la Administración de la Comunidad de Madrid, y las bases de esta convocatoria.

1.3. El procedimiento de selección de los aspirantes se efectuará mediante el sistema de concurso-oposición.

Segunda

Interesados

2.1. Para ser admitidos a la realización de las pruebas selectivas los aspirantes deberá reunir los siguientes requisitos:

  1. Tener cumplidos los dieciocho años y no haber alcanzado la edad de jubilación forzosa.

  2. Pertenecer como funcionario de carrera al Cuerpo de Auxiliares de Administración General de la Comunidad de Madrid o estar pendiente de integración en el mismo, o pertenecer a la Escala de Administración General a extinguir del Grupo D.

    Los aspirantes que hayan accedido a la Comunidad Autónoma de Madrid por el procedimiento del artículo 55 de la Ley 1/1986 deberán pertenecer a un Cuerpo o Escala del Grupo D y estar nombrados en un puesto de trabajo que según la Relación de Puestos de Trabajo, esté adscrito al Cuerpo de Auxiliares de Administración General.

  3. Tener una antigüedad de al menos dos años de servicios en el Cuerpo o Escala de procedencia.

  4. Estar en posesión de la titulación de Bachiller Superior, B.U.P., F.P. II o equivalente o, alternativamente, poseer una antigüedad de diez años en un Cuerpo o Escala del Grupo D o de cinco años y haber superado el curso específico de formación a que se refiere la disposición adicional 22 de la Ley 30/1984, de 2 de agosto.

  5. No padecer enfermedad ni estar afectado por limitación física o psíquica que sean incompatibles con el desempeño de las funciones propias del Cuerpo y Escala.

  6. No haber sido separado, mediante expediente disciplinario, del servicio de cualquiera de las Administraciones Públicas, ni hallarse inhabilitado para el desempeño de funciones públicas.

    2.2. Los servicios reconocidos al amparo de la Ley 70/1978, de 26 de diciembre, en Cuerpos o Escalas del Grupo D incluidos en el ámbito de aplicación de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, serán computables a efectos de la antigüedad referida en los apartados c) y d).

    2.3. Los requisitos establecidos en esta base segunda deberán poseerse el día de finalización del plazo de presentación de instancias, y mantenerlos durante todo el proceso selectivo; excepto el apartado d) por lo que se refiere a la superación de un curso específico de formación, cuya fecha límite será el día de realización del primer ejercicio.

    Tercera

    Aspirantes que concurran por el cupo de reserva de discapacidad y/o soliciten adaptaciones de tiempo y/o medios

    3.1. Los aspirantes que concurran por el turno de discapacidad deberán indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, poseer una discapacidad de grado igual o superior al 33 por 100 y reunir los requisitos previstos en la base segunda, de esta convocatoria.

    3.2. Con independencia del turno por el que concurran, aquellos aspirantes que precisen adaptaciones de tiempo y/o medios para la realización de las pruebas selectivas, además de indicarlo en el apartado correspondiente de la solicitud, deberán presentar, dentro del plazo referido en la base 5.2 de la presente convocatoria, escrito en el que se especifique el tipo de adaptación que solicitan, así como certificado médico acreditativo de la adaptación solicitada.

    3.3. El Tribunal Calificador adoptará las medidas precisas en aquellos casos que resulte necesario, de forma que los aspirantes que hubieran solicitado adaptaciones de tiempo y/o medios en la forma prevista en el apartado anterior, gocen de similares condiciones para la realización de los ejercicios que el resto de los aspirantes.

    A tal efecto, el Tribunal podrá recabar informe y, en su caso, colaboración de los órganos competentes de los Servicios Sociales de la Comunidad de Madrid o de la Unidad de Prestaciones Asistenciales y de Prevención de Riesgos Laborales.

    Cuarta

    Solicitudes

    4.1. La solicitud para tomar parte en las presentes pruebas selectivas se ajustará al modelo que figura como Anexo II a la presente convocatoria, y será facilitada gratuitamente en cualquier oficina de "Caja de Madrid", en la Oficina de Atención al Ciudadano de la Comunidad de Madrid (plaza del Descubridor Diego de Ordás, número 3) y en los Registros de todas las Consejerías, cuyas direcciones figuran en el Anexo III de la presente convocatoria.

    4.2. Cumplimentación de la solicitud:

    4.2.1. Para cumplimentar el modelo de solicitud se seguirán las instrucciones que constan en el reverso del ejemplar para el interesado.

    ¾ En el apartado número 2 "Datos de la Convocatoria" deben constar en los espacios reservados para ello, los siguientes datos:

    Número de Orden de la Convocatoria: 718/2001. Fecha de publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Código de Cuerpo/Escala:

    - Forma de acceso A: Aspirantes pertenecientes al Cuerpo de Auxiliares de Administración General de la Comunidad de Madrid o pendientes de integración en el mismo, o pertenecientes a la Escala de Administración General a extinguir del Grupo D:

    Aspirantes que no tengan derecho a exención del primer ejercicio de la fase de oposición, o que teniéndolo, opten por no quedar exentos en los términos descritos en el último párrafo de la base 7.2.1: Deberán consignar el código: 2653.1. Aspirantes que opten por quedar exentos del primer ejercicio de la fase de oposición en los términos descritos en la base 7.2.1: Deberán consignar el código: E2653.1.

    - Forma de acceso B: Aspirantes que hayan accedido a la Comunidad Autónoma de Madrid por el procedimiento del artículo 55 de la Ley 1/1986.

    Aspirantes que no tengan derecho a exención del primer ejercicio de la fase de oposición, o que teniéndolo, opten por no quedar exen-

    tos en los términos descritos en la base 7.2.1: Deberán consignar el código: 2653.2.

    Aspirantes que no opten por quedar exentos del primer ejercicio de la fase de oposición en los términos descritos en la base 7.2.1: Deberán consignar el código: E2653.2. Cuerpo/Escala: Administrativos de Administración General.

    - Los aspirantes que, conforme a lo dispuesto en la base 4.3.2 estén exentos del pago de la tasa por derechos de examen, harán constar 0000 pesetas en el espacio destinado al efecto en el...

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