ORDEN 5253/2005, de 6 de octubre, por la que se resuelve la Orden de convocatoria de ayudas económicas para la realización de actividades de formación permanente del profesorado, dirigida a asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro que tengan Convenio de Colaboración con la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación) en materia de...

Rango de LeyOrden

ORDEN 5253/2005, de 6 de octubre, por la que se resuelve la Orden de convocatoria de ayudas económicas para la realización de actividades de formación permanente del profesorado, dirigida a asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro que tengan Convenio de Colaboración con la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación) en materia de formación del profesorado.

Vista la Orden 3147/2005, de 10 de junio (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 27 de junio de 2005), de la Consejería de Educación, por la que se convocan ayudas económicas para la realización de actividades de formación permanente del profesorado, dirigidas a asociaciones e instituciones sin ánimo de lucro que tengan firmado Convenio de Colaboración con la Comunidad de Madrid (Consejería de Educación) en materia de formación del profesorado.

Vista el Acta de la Comisión de Selección, reunida el 28 de julio de 2005,

DISPONGO

Primero

Conceder subvenciones por un importe de 1.021.753,24 euros a las entidades propuestas en el Anexo del Acta de la Comisión de Selección, que seguidamente se relacionan, por las cuantías que se especifican pormenorizadamente, con el fin de apoyar la realización de las actividades objeto de la convocatoria, con cargo a la partida 48090 del Programa 509.

TABLA OMITIDA

Segundo

Las subvenciones se harán efectivas en un único plazo, una vez realizada la actividad y previa justificación de gastos mediante:

- Memoria resumen que acredite la realización del conjunto de las actividades subvencionadas, indicando, en su caso, aquellas que no hayan sido realizadas.

- Relación nominal de participantes incluyendo Director/Coordinador/Ponentes, según Anexo VI.

- Facturas, o documentos sustitutivos, que deberán atenerse a lo que se recoge en el Real Decreto 1496/2003, de 28 de noviembre ("Boletín Oficial del Estado" del 29), relativos a gastos ocasionados por la realización del conjunto de actividades acompañados por una relación que incluya la suma total de gastos (Anexo VII). En el caso de recibos que hagan referencia a personas físicas se harán constar los datos personales (apellidos, nombre y número de identificación fiscal) del perceptor. En el supuesto de que los responsables de las actividades (directores, coordinadores, ponentes) perciban sus honorarios mediante nómina de la entidad deberá indicarse que sus funciones están dentro del Plan de Formación objeto de la subvención. Las...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR