DECRETO 50/2006, de 8 de junio, por el que se autoriza la participación de la Comunidad de Madrid en la constitución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
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DECRETO 50/2006, de 8 de junio, por el que se autoriza la participación de la Comunidad de Madrid en la constitución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid.

El siglo XXI representa un claro reto para el conjunto de la sociedad en lo referente al uso racional de la energía y a la investigación y el aprovechamiento de nuevas fuentes que permitan una generación de la misma mediante métodos limpios y no agresivos con el medio ambiente. Las diversas crisis energéticas sufridas durante la segunda mitad del siglo XX y la amenaza del agotamiento de los recursos energéticos tradicionales, como el petróleo o el gas natural, han provocado un cambio radical en las políticas energéticas de los países desarrollados, claros importadores de dichos recursos, que han multiplicado sus esfuerzos para conseguir reducir sus consumos internos, diversificar las fuentes energéticas y fomentar el uso de energías autóctonas y renovables.

Asimismo, problemas medioambientales, tales como el efecto invernadero, la desaparición de la capa de ozono o los efectos perjudiciales del ozono troposférico en las grandes ciudades, entre otros, han promovido el uso de energías limpias, el ahorro energético y la búsqueda de la eficiencia energética en los diversos sectores, y muy especialmente en el industrial.

La Unión Europea, consciente de la enorme importancia de establecer una política energética que fomente el uso racional de la energía y el aprovechamiento de las energías renovables, ha establecido como líneas básicas de la política energética el conseguir, para el año 2020, invertir la tendencia del consumo energético, alcanzando un 20 por 100 de ahorro de energía, y el duplicar

la parte de las fuentes de energía renovables en el consumo interior bruto de energía de la Unión Europea, hasta alcanzar el 12 por 100 en el año 2010. Asimismo, ha creado un nuevo programa plurianual de acciones en el ámbito de la energía denominado "Energía inteligente-Europa" dentro del cual ha fijado una línea específica para promover la creación de Agencias Regionales de la Energía por entender que la política energética de la Unión debe articularse a través de acciones ejecutadas a nivel local, por ser estas las que pueden lograr una mayor implicación de los ciudadanos.

Por su parte, el Gobierno de España ha seguido los pasos de las instituciones europeas y, a través de la publicación de la Estrategia de Ahorro y Eficiencia Energética en España (E4) y del Plan de Fomento de las Energías Renovables, ha hecho suyos los objetivos de la Unión Europea.

En lo que respecta a la Comunidad de Madrid, cabe destacar que esta representa un caso muy especial dentro del Estado Español en relación con la situación del sector energético, al ser una región con un elevado consumo de energía, especialmente en el sector doméstico y de servicios, mientras que la producción autóctona es muy reducida. Tanto es así que, a pesar de que ocupa apenas un 1,6 por 100 del territorio nacional, consume más del 10 por 100 de toda la energía utilizada en España. Debido a esta singularidad, toma especial importancia cualquier iniciativa eficaz tendente a equilibrar esta situación.

Por ello, el Gobierno Regional ha diseñado una política energética cuyos fundamentos se encuentran recogidos en el Plan Energético de la Comunidad de Madrid 2004-2012.

Dicho Plan fija los grandes ejes en los que se han de encuadrar las actuaciones en materia energética para los próximos años, siendo éstos los siguientes:

  1. Fomentar la energía generada por fuentes renovables y respetuosas con el medio ambiente.

  2. Mejorar la eficiencia en el uso de los productos energéticos, propiciando el ahorro en su empleo mediante la propuesta de medidas, tanto de carácter horizontal, como de incidencia directa sectorial.

  3. Adecuar la oferta de productos energéticos a la cobertura de necesidades, mejorando la fiabilidad del suministro de electricidad, gas e hidrocarburos.

  4. Minimizar el impacto ambiental de nuestro consumo energético, contribuyendo a la reducción de las emisiones de CO- energético.

Para colaborar en la consecución de estos fines de interés general, aunando los esfuerzos públicos y privados, se prevé la participación de las empresas del sector energético ["BP España, Sociedad Anónima", la "Compañía Española de Petróleo, Sociedad Anónima" (CEPSA), "Endesa Energía, Sociedad Anónima", la "Fundación Repsol YPF", "Gas Natural SDG, Sociedad Anónima", "Iberdrola, Sociedad Anónima", y "Unión Fenosa, Sociedad Anónima"] y de la Comunidad de Madrid en la constitución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid.

Para dar cumplimiento a las líneas estratégicas fijadas desde la Comisión Europea los Estatutos de la Fundación contemplan, asimismo, la presencia en su órgano de gobierno de representantes de Universidades Públicas, del Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), de la Cámara de Comercio e Industria de Madrid y de la Confederación Empresarial de Madrid.

Mediante la constitución de la Fundación se pretende, no sólo el fomento del ahorro energético y la investigación y el desarrollo de las energías renovables en la Comunidad de Madrid sino, en los términos indicados, la más amplia participación en la consecución de estos fines de interés general.

Así, la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid se concibe como un instrumento adecuado para el desempeño de ciertos cometidos en la sociedad, propios de organizaciones sin ánimo de lucro que persiguen fines de interés general.

La participación de la Comunidad de Madrid en su constitución debe ser autorizada por Decreto del Consejo de Gobierno, quien determinará las condiciones que deba cumplir la persona jurídica fundacional, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 9.2 de la Ley 1/1998, de 2 de marzo, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.

Por lo expuesto, a propuesta del Consejero de Economía e Innovación Tecnológica de la Comunidad de Madrid, previa deliberación del Consejo de Gobierno en su reunión de 8 de junio de 2006,

DISPONGO

Primero

Autorizar la participación de la Comunidad de Madrid en la constitución de la Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, en la que participarán como fundadores la Comunidad de Madrid, "BP España, Sociedad Anónima", la "Compañía Española de Petróleo, Sociedad Anónima" (CEPSA), "Endesa Energía, Sociedad Anónima", la "Fundación Repsol YPF", "Gas Natural SDG, Sociedad Anónima", "Iberdrola, Sociedad Anónima", y "Unión Fenosa, Sociedad Anónima" facultando a la Secretaria General Técnica de la Consejería de Economía en Innovación Tecnológica para que concurra a la firma de la correspondiente escritura pública en nombre y representación de la Comunidad de Madrid, con arreglo a las siguientes condiciones:

  1. El fin de la Fundación será el fomento, impulso y realización de iniciativas y programas de actuación para la investigación, el estudio y apoyo de las actuaciones de conocimiento, desarrollo y aplicación de las tecnologías energéticas, incluidas las renovables, la mejora del ahorro y la eficiencia energética, el fomento del uso racional de la energía integrando la protección del medio ambiente y, en general, la óptima gestión de los recursos energéticos en los distintos sectores económicos de la Comunidad de Madrid, sirviendo así de soporte para el impulso y la ejecución de la política energética de la región, en los términos establecidos en el artículo 5 de los Estatutos que se acompañan como Anexo al presente Decreto.

  2. El ámbito territorial en el que la Fundación ha de desarrollar principalmente sus funciones será el de la Comunidad de Madrid.

  3. La Comunidad de Madrid aportará, en concepto de dotación fundacional, la cantidad de 3.750 euros.

  4. La representación de la Comunidad de Madrid en el Patronato recaerá en las personas que ostenten los siguientes cargos:

- El titular de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.

- El titular de la Viceconsejería de Economía e Innovación Tecnológica.

- El titular de la Secretaría General Técnica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.

- El titular de la Dirección General de Industria, Energía y Minas.

- El titular de la Dirección General de Innovación Tecnológica.

- El titular de la Gerencia del Instituto Madrileño del Desarrollo.

Segundo

Los Estatutos que han de regir la Fundación serán los que constan como Anexo de este Decreto.

Dado en Madrid, a 8 de junio de 2006.

El Consejero de Economía e Innovación Tecnológica, FERNANDO MERRY DEL VAL Y DÍEZ DE RIVERA

La Presidenta, ESPERANZA AGUIRRE GIL DE BIEDMA

ANEXO

ESTATUTOS DE LA FUNDACIÓN DE LA ENERGÍA DE LA COMUNIDAD DE MADRID

Capítulo 1 Artículos 1 a 4

Naturaleza y régimen jurídico

Artículo 1

Denominación, naturaleza, nacionalidad, ámbito y domicilio

  1. La Fundación de la Energía de la Comunidad de Madrid, en adelante la Fundación, es una organización sin ánimo de lucro que tiene afectado de modo duradero su patrimonio a la realización de los fines de interés general que se señalan en el artículo 5 de estos Estatutos.

  2. La Fundación es de nacionalidad española.

  3. El ámbito territorial en el que desarrolla principalmente sus actividades es el de la Comunidad de Madrid, sin perjuicio del alcance de los convenios que puedan suscribirse.

  4. El domicilio de la Fundación radica en Madrid, calle (lugar donde se encuentre la sede de su órgano de gobierno), pudiendo establecer delegaciones o representaciones, mediante acuerdo del Patronato, que será igualmente competente para decidir el traslado dentro de la misma Comunidad, mediante la correspondiente modificación estatutaria, en los términos establecidos en el artículo 24 de la Ley 1/1998, de Fundaciones de la Comunidad de Madrid.

Artículo 2

Duración

La Fundación tiene...

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