ORDEN 2271/2008, de 28 de abril, por la que se modifican parcialmente las bases reguladoras establecidas en la Orden 965/2007, de 27 de febrero, de la Consejería de Educación, y se convocan ayudas para la realización de intercambios escolares durante el curso escolar 2007-2008 .

Fecha de Entrada en Vigor21 de Mayo de 2008
SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Educacion
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, señala en su artículo 102.2 que los programas de formación permanente deberán contemplar la adecuación de los conocimientos y métodos a la evolución de las ciencias y de las didácticas específicas, así como todos aquellos aspectos de coordinación, orientación, tutoría, atención educativa a la diversidad y organización encaminados a mejorar la calidad de la enseñanza y el funcionamiento de los centros. Asimismo, deberán incluir formación específica en materia de igualdad, en los términos establecidos en el artículo 7 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.

El acercamiento entre las diversas comunidades educativas implica el conocimiento y aproximación a costumbres diferentes, lo que supone el desarrollo de hábitos de comprensión y tolerancia, por lo que parece conveniente que las Administraciones Públicas tomen medidas que propicien el fomento de intercambios escolares.

Asimismo, es reconocido el valor que tienen estas actividades escolares como fuente de recursos para el trabajo de los profesores y de los alumnos, especialmente para el conocimiento y respeto del entorno, mediante hábitos adecuadamente desarrollados.

En consecuencia, la Consejería de Educación desea fomentar intercambios escolares que incluyan actividades desarrolladas según el proyecto educativo y programadas dentro del plan anual de los centros, con el fin de:

— Facilitar a los estudiantes el conocimiento y difusión de la realidad histórica, social y cultural de la Comunidad de Madrid y de los países europeos o comunidades autónomas que se visiten, reforzando nuestra presencia en los países y comunidades receptores del intercambio.

— Fomentar la observación directa y la comparación de distintos medios geográficos, así como la relación humana con sus habitantes, centros escolares y familias de los alumnos.

— En el caso de visitas a comunidades españolas con lengua propia y a los países europeos, fomentar el aprendizaje de las respectivas lenguas.

— Favorecer la convivencia de comunidades educativas que compartan un proyecto pedagógico común.

La Orden 965/2007, de 27 de febrero, de la Consejería de Educación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de marzo), estableció las bases reguladoras y convocó ayudas para la realización de intercambios escolares durante el curso escolar 2006-2007, a través de la Dirección General de Ordenación Académica.

El Decreto 40/2007, de 28 de junio, por el que se modifican parcialmente las estructuras de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid, señala en el artículo 6.5 la creación de la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza, que asume las competencias de la anterior Dirección General de Ordenación Académica en cuanto a la formación permanente del profesorado, la innovación y la evaluación. Asimismo, el artículo 9.b) del Decreto 118/2007, de 2 de agosto, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, señala entre las competencias de la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza “la gestión e impulso de convocatorias de ayudas económicas y premios a los centros docentes y a profesionales para acciones o programas vinculados a la educación”.

A tal fin y en su virtud,

DISPONGO

TÍTULO I

Modificación parcial de las bases reguladoras establecidas?en la Orden 965/2007, de 27 de febrero (BOLETÍN OFICIAL?DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 26 de marzo de 2007)

Primero

La referencia realizada a la Dirección General de Ordenación Académica en la Orden 965/2007, de 27 de febrero, deberá entenderse efectuada a favor de la Dirección General de Mejora de la Calidad de la Enseñanza, de acuerdo con lo establecido en el Decreto 40/2007, de 28 de junio, por el que se modifican parcialmente las estructuras de las diferentes Consejerías de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 6 de julio).

Segundo

Requisitos

Se añade un nuevo párrafo al artículo 3 de las bases reguladoras establecidas en la Orden 965/2007, de 27 de febrero, en el que se establecen los requisitos de los beneficiarios:

El número de alumnos por centro no podrá ser inferior a 15.??Asimismo, el grupo estará acompañado durante el viaje y la estancia por profesorado del centro de procedencia, a razón de uno por cada 15 alumnos, como mínimo. El intercambio tendrá una duración mínima de siete días, incluidos los desplazamientos.

Tercero

Criterios de selección y Comisión de Selección

El artículo 6, apartado a), de las bases reguladoras establecidas en la Orden 965/2007, de 27 de febrero, queda redactado en los siguientes términos:

a) Criterios de selección.

Los proyectos se ordenarán según los siguientes criterios:

  1. o Calidad del proyecto: Hasta 7 puntos.

    — Actividades que se llevarán a cabo: Hasta 2 puntos.

    — Adecuación de las actividades a los objetivos propuestos: Hasta 1,5 puntos.

    — Metodología de trabajo con los alumnos: Hasta 1,5 puntos.

    — Claridad y concreción de los objetivos que se persiguen: Hasta 1 punto.

    — Descripción y secuenciación de los contenidos del proyecto: Hasta 1 punto.

  2. o Contexto y situación del centro escolar (el centro escolar y su situación en el barrio o en la población, sus necesidades culturales, educativas, económicas y sociales): Hasta 1 punto.

  3. o Participación del centro escolar en convocatorias anteriores: Hasta 2 puntos.

    — Por no haber percibido ninguna ayuda en las tres últimas convocatorias: 2 puntos.

    — Por haber percibido ayuda en solo una convocatoria en los tres últimos años: 1 punto.

    La puntuación mínima que deberán reunir los proyectos para ser...

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