ORDEN 70/2019, de 17 de diciembre, del Consejero de Ciencia, Universidades e Innovación, por la que se resuelve la convocatoria 2019 de ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo comprendido en las prioridades de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una especialización inteligente (RIS3) de la Comunidad de Madrid a través de entidades de enlace de la innovación tecnológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo FEDER 2014-2020 de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERÍA DE CIENCIA, UNIVERSIDADES E INNOVACIÓN
Rango de LeyOrden

La Orden 2878/2018, de 27 de julio, del Consejero de Educación e Investigación, establece las bases reguladoras de ayudas para potenciar la innovación tecnológica e impulsar la transferencia de tecnología al sector productivo comprendido en las prioridades de la Estrategia Regional de Investigación e Innovación para una especialización inteligente (RIS3) de la Comunidad de Madrid a través de entidades de enlace de la innovación tecnológica, cofinanciadas por el Fondo Europeo de Desarrollo Regional en el marco del programa operativo FEDER 2014-2020 de la Comunidad de Madrid, y la Orden 2064/2019, del Consejero de Educación e Investigación, aprueba la convocatoria de ayudas correspondientes al año 2019.

Una de las once entidades solicitantes, Foro de la Industria Nuclear Española, presentó renuncia a través del registro electrónico de la Comunidad de Madrid. Por consiguiente, procede declarar el desistimiento de la solicitud y su archivo por desistimiento expreso del interesado.

A tenor de lo indicado en el párrafo anterior, han continuado su tramitación en el procedimiento diez solicitudes.

Una vez recibidas las solicitudes presentadas, según lo indicado en el artículo 6 de la Orden de convocatoria y artículo 9 de la Orden 2878/2018, de 27 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras, se ha revisado la documentación aportada comprobando los requisitos exigidos por las Órdenes 2878/2018, de 27 de julio, y 2064/2019, y teniendo en cuenta las causas de exclusión recogidas en el artículo 8 de la Orden 2064/2019.

Según lo indicado en el artículo 9 de la Orden 2064/2019, se notificó a los organismos beneficiarios que no cumplían con los requisitos para participar en la convocatoria, la causa de la posible exclusión de la solicitud para que pudieran efectuar, en el plazo de diez días, las alegaciones que estimasen oportunas. Asimismo, si las solicitudes no estaban cumplimentadas correctamente en todos sus términos o no iban acompañadas de la documentación necesaria, se requirió al organismo beneficiario para que en el plazo máximo de diez días, subsanase la solicitud o acompañase los documentos preceptivos, con indicación de que, si no lo hiciera, se le tendría por desistido en su petición.

En los casos de exclusión, en que también aplicaba solicitar subsanaciones, se comunicó a cada una de las entidades, en el mismo escrito, abriendo simultáneamente el correspondiente plazo de alegaciones y subsanaciones. Para dar cumplimiento a este...

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