ORDEN 65/2018, de 16 de enero, de la Consejería de Políticas Sociales y Familia, por la que se aprueban las bases de la convocatoria para la formación y funcionamiento de una bolsa de trabajo supletoria de la Categoría Profesional de Titulado Superior Especialista, Especialidad en Medicina Física y Rehabilitación (Grupo I, Nivel 10, Área D).

SecciónB - Autoridades y Personal
EmisorCONSEJERÍA DE POLÍTICAS SOCIALES Y FAMILIA
Rango de LeyOrden

Por Resolución de 10 de febrero de 2015, de la Dirección General de Función Pública, se aprobó y publicó la relación de integrantes de la bolsa de trabajo a efectos de contratación temporal, de la categoría profesional de Titulado Superior Especialista (Grupo I, Nivel 10, Área D) Especialidad: Medicina Física y Rehabilitación (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 18/2/2015). Estando agotada en estos momentos la mencionada bolsa se hace necesario la formación de una bolsa supletoria con el fin de disponer de candidatos adicionales de la mencionada categoría y especialidad.

El Convenio Colectivo del Personal Laboral de la Comunidad de Madrid vigente en su artículo 19 recoge el procedimiento de selección para la contratación temporal. Dentro de este marco jurídico específico nace la necesidad de llevar a cabo un proceso, que facilite la participación y presentación de instancias para la contratación temporal en la categoría de “Titulado Superior Especialista”, Especialidad en “Medicina Física y Rehabilitación”.

En virtud de cuanto antecede y de conformidad con lo previsto en el artículo 19.1 del Convenio Colectivo para el Personal Laboral de la Comunidad de Madrid, y tras el acuerdo adoptado con fecha 15 de noviembre de 2017 de la Comisión Paritaria de Vigilancia, Interpretación y Desarrollo del Convenio Colectivo, he resuelto aprobar las siguientes:

BASES

Base primera

Objeto y Ámbito

1.1. La presente convocatoria tiene por objeto la formación de la bolsa de trabajo supletoria de la bolsa de trabajo temporal de la categoría profesional de “Titulado Superior Especialista, Especialidad en Medicina Física y Rehabilitación” (Grupo I, Nivel 10, Área D), aprobada por Resolución de 10 de febrero de 2015, de la Dirección General de Función Pública, (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID 18/2/2015) por la que se aprueba y publica la relación de integrantes de la bolsa de trabajo, a efectos de contratación temporal, de la categoría profesional de Titulado Superior Especialista, Especialidad en Medicina Física y Rehabilitación (Grupo I, Nivel 10, Área D).

La citada bolsa supletoria entrará en funcionamiento cuando se generen necesidades de contratación de carácter temporal y no exista ningún candidato disponible en la bolsa derivada de la Resolución anteriormente indicada.

1.2. Ámbito: Centros comprendidos en el ámbito de aplicación del Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid.

1.3. Vigencia de la bolsa: La bolsa de trabajo derivada de la presente convocatoria tendrá carácter supletorio de la aprobada por Resolución de 10 de febrero de 2015, de la Dirección General de Función Pública, y se mantendrá vigente hasta que entre en funcionamiento aquélla que derive del correspondiente proceso selectivo para el acceso a plazas de carácter laboral de la categoría profesional “Titulado Superior Especialista, Especialidad en Medicina Física y Rehabilitación” (Grupo I, Nivel 10, Área D).

Base segunda

Requisitos de los aspirantes

2.1. Los aspirantes que participen en esta convocatoria deberán reunir los siguientes requisitos:

2.1.1. Nacionalidad. Deberá concurrir alguna de las siguientes circunstancias:

a) Tener nacionalidad española.

b) Ser nacional de los Estados miembros de la Unión Europea.

c) Cualquiera que sea su nacionalidad, el cónyuge de los españoles y de los nacionales de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de derecho. Asimismo, con las mismas condiciones podrán participar sus descendientes y los de su cónyuge, menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.

d) Las personas incluidas en el ámbito de aplicación de los Tratados Internacionales celebrados por la Unión europea y ratificados por España en los que sea de aplicación la libre circulación de los trabajadores.

e) Los extranjeros que, no estando incluidos en los párrafos anteriores, se encuentren con residencia legal en España.

2.1.2. Tener cumplidos dieciséis años de edad y no exceder, en su caso, de la edad máxima de jubilación forzosa.

2.1.3. Estar en posesión del título de Grado en Medicina, Licenciatura en Medicina o Licenciatura en Medicina y Cirugía. Y, respecto de todas ellas, la Especialidad en Medicina Física y Rehabilitación.

En el supuesto de candidatos con titulaciones obtenidas en el extranjero, se deberá estar en posesión de la credencial que acredite su homologación o convalidación en su caso.

2.1.4. Poseer la capacidad funcional para el desempeño...

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