ORDEN 449/2019, de 2 de abril, del Consejero de Sanidad, por la que se concede la Placa de Plata, al Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

Mediante Decreto 106/2004, de 1 de julio, del Consejo de Gobierno, se crearon diversas distinciones honoríficas en la sanidad madrileña, entre ellas, la Placa de Plata.

Esta distinción, de conformidad con lo dispuesto en el artículo quinto de la precitada norma, se instituye como recompensa a los servicios prestados a la Administración de Sanidad de la Comunidad de Madrid, así como en reconocimiento de cualquier otra labor, a favor de la sanidad pública, desarrollada por entidades públicas o privadas.

La concesión de la Placa de Plata, de acuerdo con lo establecido en el artículo cuarto de la Orden 1286/2006, de 22 de junio, por la que se desarrolla el Decreto 106/2004, por el que se crean diversas distinciones honoríficas en la sanidad madrileña, corresponde al Consejero de Sanidad, a propuesta del titular de la Secretaría General Técnica de dicha Consejería, una vez oídas las diferentes Direcciones Generales de la misma, que habrán de presentar los candidatos y los méritos que se les reconocen.

En base a lo expuesto, la Secretaría General Técnica de la Consejería de Sanidad ha elevado propuesta para la concesión de la Placa de Plata al Colegio Profesional de Fisioterapeutas de la Comunidad de Madrid.

En su virtud, a propuesta de la Secretaría General Técnica, una vez oídas a las diferentes Direcciones Generales de la Consejería, y de conformidad con lo establecido en el Decreto 106/2004, por el que se crean...

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