ORDEN 289/2018, de 5 de febrero, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, por la que se convocan pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, JUSTICIA Y PORTAVOCÍA DEL GOBIERNO
Rango de LeyOrden

En ejercicio de la competencia exclusiva en materia de espectáculos públicos y en el marco y desarrollo de la Ley 17/1997, de 4 de julio, de Espectáculos Públicos y Actividades Recreativas, el Consejo de Gobierno aprobó el Decreto 163/2008, de 29 de diciembre, por el que se regula la actividad de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Esta norma prevé la celebración de pruebas de aptitud en orden a la obtención, por parte de las personas interesadas en realizar dichas funciones, de un certificado acreditativo que permita el ejercicio de dicha actividad.

La Orden de 14 de enero de 2009, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior, aprueba las bases generales de las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas, establece el procedimiento de gestión, liquidación y recaudación de la tasa por derechos de examen para la obtención de dicho certificado y efectúa la convocatoria de las citadas pruebas, así como las bases generales de dichos procesos, que serán de aplicación en la presente convocatoria, bien entendido que las referencias a la extinta Academia de Policía Local se entienden hechas a la Dirección General de Seguridad, Protección Civil y Formación, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ley 6/2013, de 23 de diciembre, de Medidas Fiscales y Administrativas.

En cumplimiento de lo establecido en el Decreto 163/2008, de 29 de diciembre, es oportuno convocar nuevas pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

El artículo 2 del Decreto 25/2015, de 26 de junio, de la Presidenta de la Comunidad de Madrid, por el que se establece el número y denominación de las Consejerías de la Comunidad de Madrid, en concordancia con el Decreto 130/2017, de 31 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno, atribuyen a la Consejería de Presidencia, Justicia y Portavocía del Gobierno las competencias en materia de espectáculos públicos y actividades recreativas.

En su virtud, de conformidad con el artículo 7 y la disposición final primera del Decreto 163/2008, de 29 de diciembre, y haciendo uso de las atribuciones que me han sido conferidas,

DISPONGO

Primero

Convocatoria

Se convocan las pruebas para la obtención del certificado acreditativo del personal de control de acceso a espectáculos públicos y actividades recreativas.

Segundo

Régimen jurídico

Las pruebas se regirán por lo establecido en esta orden y en las bases generales de las mismas, recogidas en el capítulo I de la Orden de 14 de enero de 2009, de la Consejería de Presidencia, Justicia e Interior.

Tercero

Iniciación de procedimiento y documentación de las solicitudes

  1. El procedimiento se iniciará con la presentación de las solicitudes en la forma especificada en el artículo 4 de las bases generales. Además, la solicitud estará a disposición de los interesados en la página web de la Comunidad de Madrid, cuya dirección es www.madrid.org.

  2. A la solicitud, según modelo oficial que figura en el Anexo I de la presente convocatoria, se acompañará la documentación preceptiva especificada en el artículo 4 de las bases generales:

    a) Fotocopia compulsada del documento nacional de identidad. Los aspirantes que no posean la nacionalidad española deberán presentar fotocopia compulsada del documento que acredite su nacionalidad y, en su caso, tarjeta de residencia y permiso de trabajo en vigor.

    b)...

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