ORDEN 1819/2019, de 6 de junio, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se establecen los plazos para solicitar la renovación de la acreditación de los títulos universitarios oficiales en las universidades de la Comunidad de Madrid.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN
Rango de LeyOrden

La adaptación del sistema universitario español al Espacio Europeo de Educación Superior ha supuesto una nueva ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales que conlleva establecer mecanismos de control de la calidad de los títulos universitarios. Los órganos externos de evaluación son los agentes responsables de asegurar el cumplimiento de los criterios y directrices acordados en el nuevo marco europeo de titulaciones.

El proceso de calidad al que necesariamente deben someterse las titulaciones universitarias oficiales pasa por distintas fases: verificación inicial, seguimiento de la implantación y renovación de la acreditación, teniendo este último como principal objetivo comprobar si los resultados del título permiten garantizar la adecuada continuidad de su impartición.

Conforme al artículo 27 bis del Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en su redacción vigente, las universidades efectuarán la correspondiente solicitud de renovación de la acreditación de sus títulos oficiales de acuerdo con el procedimiento y plazos que establezcan las comunidades autónomas. Asimismo, se señala que el órgano competente de la comunidad autónoma remitirá a ANECA o al correspondiente órgano de evaluación la solicitud de informe, a fin de comprobar que el plan de estudios se está llevando a cabo de acuerdo con su proyecto inicial.

El Decreto 63/2014, de 29 de mayo, del Consejo de Gobierno de la Comunidad de Madrid, establece que la Fundación para el Conocimiento Madrimasd es el órgano que, en el ámbito de la Ley Orgánica 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades lleva a cabo las funciones de evaluación del sistema universitario de la Comunidad de Madrid. La Fundación para el Conocimiento Madrimasd procederá conforme al Real Decreto 1393/2007, de 29 de octubre, por el que se establece la ordenación de las enseñanzas universitarias oficiales, en su redacción en vigor, y al Protocolo aprobado por la Comisión Universitaria para la Regulación del Seguimiento y Acreditación (CURSA), de conformidad con los artículos 24 y 27 bis del citado Real Decreto.

En este sentido, la Fundación para el Conocimiento Madrimasd, como órgano evaluador en el procedimiento de renovación de la acreditación de títulos oficiales, ha manifestado la conveniencia de reducir los actuales plazos de presentación de solicitudes, establecidos por la Orden 2886/2016, de 12 de septiembre, de la...

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