ORDEN 1556/2019, de 17 de mayo, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se autoriza la implantación de proyectos propios en centros públicos que imparten enseñanzas de Formación Profesional, en el curso académico 2019-2020.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN
Rango de LeyOrden

La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, en el capítulo II de su título V, desarrolla diversos aspectos relacionados con la autonomía de los centros y en su artículo 120 recoge expresamente que los centros, en el ejercicio de su autonomía, pueden adoptar experimentaciones, planes de trabajo, formas de organización o ampliación del calendario escolar o del horario lectivo de áreas o materias, en los términos que establezcan las Administraciones educativas y dentro de las posibilidades que permita la normativa aplicable, sin que, en ningún caso, se imponga aportaciones a las familias ni exigencias para las Administraciones educativas.

La Comunidad de Madrid ha publicado el Decreto 49/2013, de 13 de junio, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la autonomía de los centros para la fijación de los planes de estudios de enseñanzas de Formación Profesional del sistema educativo de la Comunidad de Madrid. Dicha norma determina que la Consejería con competencias en materia de educación podrá autorizar proyectos, propiciados por centros públicos o privados autorizados, que comporten una organización curricular diferente a la establecida en los correspondientes decretos por los que se establecen los planes de estudio o currículos de estas enseñanzas y que en todo caso, quedarán garantizadas, en todos sus aspectos, las enseñanzas mínimas dispuestas en los diferentes reales decretos por los que se establezcan los correspondientes títulos.

Además, la Comunidad de Madrid ha publicado la Orden 2216/2014, de 9 de julio, de la Consejería de Educación, Juventud y Deporte, por la que se establecen los requisitos y el procedimiento para la implantación de proyectos propios en los centros que imparten enseñanzas de Formación Profesional y enseñanzas profesionales de Artes Plásticas y Diseño en el ámbito de la Comunidad de Madrid. En su artículo 8.6 se indica que la autorización del proyecto propio de un centro se realizará mediante la correspondiente orden de la Consejería competente en materia de Educación.

Por ello, y en virtud de las competencias que corresponden a esta Consejería conforme al Decreto 127/2017, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación e Investigación,

DISPONGO

Artículo 1

Obj...

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