ORDEN 1523/2019, de 18 de julio, de la Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, por la que se desestiman solicitudes presentadas al amparo de la Orden 1982/2018, de 27 de diciembre, por la que se convocan ayudas a empresas privadas para la realización de actividades de teatro y danza en 2019.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorCONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO Y DEPORTES
Rango de LeyOrden

La Consejería de Cultura, Turismo y Deportes, a través de la Dirección General de Promoción Cultural, tiene como objetivo el fomento y desarrollo de las artes escénicas.

Mediante la Orden 1982/2018, de 27 de diciembre, se convocaron las ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro y danza en 2019.

Las Comisiones Sectoriales de Danza y Teatro del Consejo de Cultura de la Comunidad de Madrid en sus sesiones del día 14 de mayo, elaboraron una propuesta de resolución en la que aparecen solicitantes que, por diversos motivos, no pueden ser beneficiarios de las mismas.

Al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo noveno de la orden de convocatoria, y de conformidad con lo previsto en el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Artículo 1

Desestimar las solicitudes que se señalan a continuación, en la modalidad de producción de una obra coreográfica, por los motivos que se especifican, al amparo de la Orden 1982/2018, de 27 de diciembre, de ayudas a empresas privadas para realizar actividades de danza en 2019.

Artículo 2

Desestimar las solicitudes que se señalan a continuación, en la modalidad de producción de una obra teatral, por los motivos que se especifican, al amparo de la Orden 1982/2018, de 27 de diciembre, de ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro en 2019.

Artículo 3

Desestimar la solicitud que se señala a continuación, en la modalidad de programación de sala de teatro, por el motivo que se especifica, al amparo de la Orden 1982/2018, de 27 de diciembre, de ayudas a empresas privadas para realizar actividades de teatro en 2019.

Artículo 4

La presente Orden pone fin a la vía administrativa y contra la misma los interesados podrán interponer recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la ha dictado, o bien, directamente, recurso contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, ambos plazos contados desde el día siguiente al de su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Todo ello conforme a lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.

DISPOSICIÓN...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR