ORDEN 1426/2018, de 18 de abril, de la Consejería de Educación e Investigación, por la que se modifica la Orden 9726/2012, de 24 de agosto, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se establece el procedimiento de gestión del programa de préstamo de libros de texto y material didáctico en centros docentes sostenidos con fondos públicos.

SecciónA - Disposiciones Generales
EmisorCONSEJERÍA DE EDUCACIÓN E INVESTIGACIÓN
Rango de LeyOrden

La presente Orden tiene por objeto modificar la Orden 9726/2012, de 24 de agosto, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se establece el procedimiento de gestión del programa de préstamo de libros de texto y material didáctico en centros docentes sostenidos con fondos públicos, de acuerdo con la siguiente motivación:

La Comunidad de Madrid, en virtud de la citada Orden 9726/2012, de 24 de agosto, ha venido manteniendo un programa de préstamo de libros de texto y de material didáctico dirigido a los alumnos de familias que se encontraran en situación de desventaja socioeconómica para la efectividad del principio de igualdad de oportunidades en la educación que propugna la Ley Orgánica de Educación.

Ahondando en la necesidad de profundizar en la efectiva gratuidad de la enseñanza básica como instrumento indispensable para garantizar la igualdad de oportunidades de los ciudadanos, mediante Ley 7/2017, de 27 de junio, de Gratuidad de los Libros de Texto y el Material Curricular de la Comunidad de Madrid, modificada por Ley 10/2017, de 31 de octubre, se establece un nuevo sistema de préstamo de libros de texto y material curricular, que incluye en su ámbito de aplicación las enseñanzas de Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica, así como los alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de Educación Especial.

Para ello, con la presente modificación se articula una considerable ampliación del colectivo de beneficiarios del programa de préstamo, con el consiguiente refuerzo en el incremento del crédito presupuestario que permitirá que el programa de préstamo llegue a la totalidad de los centros sostenidos con fondos públicos de la Comunidad de Madrid dentro del ámbito de aplicación de la Orden.

Así, a los colectivos de alumnos tutelados por la Comunidad de Madrid, familias perceptoras de la Renta Mínima de Inserción y familias en situación de intervención social por los Servicios Sociales, se añaden los colectivos de alumnos con la condición de víctima de violencia de género, alumnos beneficiarios de protección internacional, en cualquiera de sus modalidades, alumnos con la condición de víctima del terrorismo y familias con una renta per cápita familiar inferior a la cuantía fijada a los efectos de la determinación del precio reducido del menú escolar en los centros docentes no universitarios de la Comunidad de Madrid.

En virtud de todo lo anterior, y en uso de las competencias atribuidas por el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid y el Decreto 127/2017, de 24 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación e Investigación,

DISPONGO

Artículo único

Modificación de la Orden 9726/2012, de 24 de agosto, de la Consejería de Educación y Empleo, por la que se establece el procedimiento de gestión del programa de préstamo de libros de texto y material didáctico en centros docentes sostenidos con fondos públicos.

La Orden 9726/2012, de 24 de agosto, queda modificada como sigue:

Uno.—El artículo 3 queda redactado del modo siguiente:

Artículo 3

Destinatarios del programa

Serán destinatarios del programa los alumnos de los niveles de segundo ciclo de Educación Infantil, Educación Primaria, Educación Secundaria Obligatoria y Formación Profesional Básica escolarizados en centros docentes sostenidos con fondos públicos en situación de desventaja socioeconómica, así como los alumnos escolarizados en centros sostenidos con fondos públicos de Educación Especial

.

Dos.—Se modifica el artículo 4, que queda redactado de la forma siguiente:

Artículo 4

Características de los libros de texto y material didáctico o curricular asignados al programa

1. Se entiende por libro de texto aquel material de carácter duradero y autosuficiente destinado a ser utilizado por el...

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