Notificación de 8 de enero de 2001, sobre expediente de apertura de oficina de farmacia en el municipio de Madrid, incoado por doña María Luisa Vozmediano Hidalgo.

SecciónD - Anuncios
EmisorConsejeria de Sanidad

Notificación de 8 de enero de 2001, sobre expediente de apertura de oficina de farmacia en el municipio de Madrid, incoado por doña María Luisa Vozmediano Hidalgo.

En el expediente número 327/00, relativo a apertura de oficina de farmacia para el municipio de Madrid, la Dirección General de Sanidad ha dictado la siguiente Resolución:

Vista la solicitud presentada por doña María Luisa Vozmediano Hidalgo con fecha 18 de diciembre de 1997 de petición de apertura de nueva oficina de farmacia en la zona farmacéutica identificada como 4.3.1. La Piovera y en base a lo dispuesto en los artículos 2, 3 y 9 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, y artículo 32 de la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, resulta:

ANTECEDENTES DE HECHO

Primero

Por la peticionaria se ha presentado diversa documentación, habiendo sido requerida con fecha 15 de abril de 1999 para que

completase la documentación a que hace referencia el artículo 9 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, especialmente la referida a méritos profesionales y académicos.

FUNDAMENTOS DE DERECHO

Primero

En la tramitación se han observado las disposiciones legales aplicables.

Segundo

Examinada la documentación relativa a población presentada por la peticionaria y más concretamente el certificado del Ayuntamiento de Madrid de 2 de enero de 1998 en el que constan 12.940 habitantes y existiendo, según datos obrantes en esta Dirección General de Sanidad en dicha fecha cuatro farmacias autorizadas en la citada zona farmacéutica, no se acredita que se cumplan a los efectos de una nueva autorización de apertura los requisitos exigidos en el artículo 3 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, y con el artículo 32 de la Ley 19/1998, de 25 de noviembre, de Ordenación y Atención Farmacéutica de la Comunidad de Madrid.

No obstante, esta Dirección General de Sanidad, de oficio, ha constatado que en la actualidad en la zona farmacéutica 4.3.1. La Piovera existían autorizadas seis oficinas de farmacia, para una población, según censo referido al 1 de enero de 1998 aprobado por el I.N.E., de 12.860 habitantes.

Por todo ello, procede denegar en consecuencia la solicitud de apertura referenciada acordando el archivo de la misma conforme a lo prevenido en el artículo 9.3 del Decreto 115/1997.

Tercero

Esta Dirección General de Sanidad es competente para resolver la presente solicitud en base a lo expuesto en el artículo 7.2 del Decreto 115/1997, de 18 de septiembre, y el artículo 34.2 de la Ley 19/1998, de 25 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR