DECRETO 86/2005, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra al Secretario General del Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyDecreto

DECRETO 86/2005, de 15 de septiembre, del Consejo de Gobierno, por el que se nombra al Secretario General del Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid.

El Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid fue creado por la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, como organismo autónomo administrativo dotado de personalidad jurídica pública diferenciada que ejerce sus funciones con plena independencia, teniendo como fin general el de preservar el funcionamiento competitivo del mercado intracomunitario y procurar una competencia efectiva del mismo protegiéndola mediante el ejercicio, por sus diferentes órganos, de las funciones de instrucción, resolución, informe y propuesta que su Ley de creación le atribuye expresamente.

De conformidad con el artículo 1.2 de la Ley 6/2004, el Tribunal se adscribe a la Consejería competente en materia de defensa de la competencia, que actualmente es la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica, de acuerdo con el Decreto 115/2004, de 29 de julio, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica.

El artículo 7 de la Ley 6/2004 establece que los órganos del Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid son el Presidente, la Sala, la Secretaría General y el Servicio de Defensa de la Competencia.

La disposición final primera de la Ley 6/2004 autorizaba al Gobierno para dictar las disposiciones necesarias para su ejecución y desarrollo, en virtud de la cual se aprobó el Decreto 58/2005, de 30 de junio, por el que se establecían determinadas previsiones en relación con la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, de Creación del Tribunal de Defensa de la Competencia de la Comunidad de Madrid. Este Decreto 58/2005, de 30 de junio, determinaba que tanto el Director del Servicio de Defensa de la Competencia como el Secretario General del Tribunal tendrían la consideración de altos cargos.

En estos momentos y de acuerdo con la habilitación establecida en la disposición final primera de la Ley 6/2004, de 28 de diciembre, de Creación del Tribunal de...

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