ORDEN 3849/2007, de 27 de diciembre, de la Consejera de Empleo y Mujer, por la que se convocan, para el año 2008, las ayudas económicas de pago único recogidas en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, cuyo procedimiento de concesión se regula en la Orden 25...
Sección | C - Otras Disposiciones |
Emisor | Consejeria de Empleo y Mujer |
Rango de Ley | Orden |
La Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, establece, en su artículo 27, el derecho a la percepción de una ayuda económica a las mujeres víctimas de violencia de género que se sitúen en un determinado nivel de rentas y respecto de las que se presuma que debido a su edad, falta de preparación general o especializada y otras circunstancias sociales, tendrán especiales dificultades para obtener empleo. El desarrollo de este artículo se ha realizado mediante Decreto 145/2002, de 2 de diciembre, por el que se regula la ayuda económica establecida en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre.
Mediante Orden 2542/2006, de 8 de noviembre, del Consejero de Empleo y Mujer, se regula el procedimiento de la concesión de ayudas económicas de pago único recogidas en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, desarrollada por el Real Decreto 145/2005, de 2 de diciembre.
De acuerdo con lo recogido en el artículo 1.4 de la Orden 2542/2006, de 8 de noviembre, la vigencia de dichas bases reguladoras tendrán un carácter indefinido, regulándose en ella las características, requisitos y procedimientos de concesión de estas ayudas económicas.
Por ello, dentro del mandato establecido por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, se hace preciso convocar para el año 2008 estas ayudas.
El marco jurídico sobre el que se fundamenta esta convocatoria se integra, junto con la Orden 2542/2006, de 8 de noviembre, que establece el procedimiento de concesión, por la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, y su Reglamento de Desarrollo, aprobado por Real Decreto 1452/2005, de 2 de diciembre, así como en el resto de normas concordantes en la materia.
En virtud de todo lo anterior, y haciendo uso de las atribuciones que me han sido conferidas,
DISPONGO
Convocatoria, objeto y regulación de las ayudas
-
El objeto de la presente Orden es convocar para 2008 las ayudas económicas de pago único recogidas en el artículo 27 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, cuyo procedimiento de concesión se regula en la Orden 2542/2006, de 8 de noviembre, del Consejero de Empleo, que tienen por objeto prestar apoyo económico a las mujeres víctimas de Violencia de Género a las que hace referencia el artículo 1 de la Ley Orgánica 1/2004, de 28 de diciembre, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género, para las que quede acreditada insuficiencia de recursos y unas especiales dificultades para obtener un empleo, con la finalidad de garantizar sus derechos económicos, a fin de facilitar su integración social.
-
A todas las solicitudes de ayuda económica que tengan entrada al amparo de esta Orden de convocatoria les será de aplicación lo recogido en la Orden 2542/2006, de 8 de noviembre, del Consejero de...
Para continuar leyendo
Solicita tu prueba