ORDEN 235/1999, de 21 de enero, de la Consejería de Economía y Empleo, por la que se modifica la Orden 2105/1997, de 14 de julio, de la Consejería de Economía y Empleo, modificada por las Ordenes 1095/1998, 1978/1998 y 2622/1998, por la que se establece el programa de ayudas a proyectos de inversión en la zona FEDER para el período 1997-1999.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Economia y Empleo
Rango de LeyOrden

La presente Orden pretende profundizar en los objetivos de política económica y social que definen el Fondo Europeo de Desarrollo Regional y que han venido siendo asumidos por la Comunidad de Madrid, particularmente en las sucesivas líneas de ayudas a proyectos de inversión productiva y no destructiva de empleo en la denominada Zona Objetivo 2. La Orden que regula actualmente este tipo de ayudas es la 2105/1998 y tiene una vigencia para el período trianual de 1997-1999. Con esta larga vigencia se ha querido facilitar al empresario madrileño una planificación en dicho período de sus inversiones, conociendo el marco de subvenciones al que puede acogerse. Manteniendo este marco en todo lo sustancial la experiencia en la gestión de estas ayudas aconseja introducir algunas modificaciones puntuales y concretas que no pretenden sino agilizar la gestión y eficiencia, tanto desde el punto de vista del empresario como de la Administración.

Por todo ello, y en el ámbito de las competencias contempladas en el artículo 26.1.17 del Estatuto de Autonomía relativas al fomento del desarrollo económico y, de acuerdo con la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid.

DISPONGO

Artículo 1

Se modifica el apartado 5 del artículo 3 de la Orden 2105/1997, de 14 de julio, que queda redactado como sigue:

Beneficiarios

  1. Estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social o, en su defecto, tener concedido aplazamiento, fraccionamiento o acuerdo de suspensión como consecuencia de impugnación.

Artículo 2

Se añade un nuevo artículo 6 bis a la Orden 2105/1997:

Artículo 6 bis

Criterios de valoración

Para la concesión de la ayuda se tendrán en cuenta los siguientes criterios:

  1. Creación de puestos de trabajo de duración indefinida vinculados a la ejecución del proyecto de inversión subvencionado.

  2. Volumen de inversión subvencionable.

  3. Nivel tecnológico de la inversión.

  4. Efecto dinamizador en la economía de la empresa y de la región.

Artículo 3

Se modifica el artículo 10 de la Orden 2105/1997 modificado por la Orden 2622/1998, quedando redactado como sigue:

Presentación de solicitudes

  1. Las empresas que deseen solicitar las ayudas previstas en este programa, presentarán su petición en el Registro de la Con-

    sejería de Economía y Empleo, calle Príncipe de Vergara, número 132, de...

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