ORDEN 722/2008, de 10 de octubre, por la que se modifica la Orden 1118/2007, de 25 de julio, que modificaba las bases reguladoras de la subvención a empresas que colaboran en la gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social por enfermedad común y accidente no laboral, establecidas mediante Orden 1474/2006, de 27 de julio, y se procede a la convocatoria de subvención para el año 2008.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Sanidad
Rango de LeyOrden

El Real Decreto Legislativo 1/1994, de 20 de junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley General de Seguridad Social, regula en su artículo 77.1.b) la colaboración de las empresas, individualmente consideradas y en relación con su propio personal, en la gestión de la Seguridad Social, asumiendo la colaboración en la gestión de la asistencia sanitaria derivada de enfermedad común y accidente no laboral.

Para el Sistema Sanitario de la Comunidad de Madrid resulta de utilidad la pervivencia de estas empresas que venían colaborando con la Seguridad Social, puesto que al disponer de recursos materiales propios, suficientes y adecuados, están dando cobertura a un elevado número de beneficiarios.

Por tal motivo, con fecha 10 de noviembre de 2004, se suscribió un "Convenio Marco" entre la Consejería de Sanidad y Consumo y las empresas colaboradoras, por el que la Consejería se comprometía a adoptar la medida normativa oportuna que permitiera facilitar una compensación económica, durante los ejercicios 2004 a 2007, para contribuir al sostenimiento de dicha asistencia sanitaria. Estas compensaciones económicas se han venido realizando a través de las convocatorias anuales de subvenciones.

Finalizada la vigencia del citado convenio, con fecha 27 de diciembre de 2007 se suscribió un nuevo "Convenio Marco" entre la Consejería de Sanidad y las empresas colaboradoras, por el que la Comunidad de Madrid se compromete, en el período comprendido entre 2008 y 2011, ambos inclusive, a incluir en el Anteproyecto de Ley de Presupuestos Generales del Estado de cada año, crédito destinado a la financiación de una línea de subvención a empresas que colaboran en la gestión de la asistencia sanitaria por enfermedad común y accidente no laboral en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.

En la Ley 5/2007, de 21 de diciembre, de Presupuestos Generales de la Comunidad de Madrid para el año 2008, se ha establecido una consignación presupuestaria por un importe de 13.413.600 euros para financiar en el actual ejercicio económico los gastos correspondientes a la gestión de la asistencia sanitaria, consecuencia de la mencionada contribución al sostenimiento de las referidas empresas colaboradoras.

Mediante Orden 1474/2006, de 27 de julio, de la Consejería de Sanidad y Consumo, se aprobaron las bases reguladoras para la convocatoria de subvenciones a empresas que colaboran en la gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social por enfermedad común y accidente no laboral en la Comunidad de Madrid. La Orden 1118/2007, de 25 de julio, de la Consejería de Sanidad, modificó determinadas bases reguladoras de la mencionada Orden 1474/2006 con la finalidad de acomodar dichas bases a la convocatoria específica del año 2007.

La Intervención General de la Comunidad de Madrid, en el ejercicio de la competencia de control financiero que le atribuye el artículo 18 de la Ley 9/1990, de 8 de noviembre, Reguladora de la Hacienda de la Comunidad de Madrid, formuló recomendación relativa a la verificación de que los titulares acogidos a la colaboración sean los receptores de los servicios de asistencia sanitaria objeto de subvención.

En consecuencia, resulta preciso modificar el artículo 1 de la Orden 1118/2007, de 25 de julio, en los que se requiere la presentación de los boletines de cotización TC1, que serán sustituidos por el documento VILEM (Vida Laboral de la Empresa), que acredita el número e identidad de los trabajadores de la empresa, siendo de aplicación en todo lo demás lo establecido en dicha Orden así como la referida Orden 1474/2006.

Conforme a lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, y al amparo de las Órdenes 1474/2006, de 27 de julio, y 1118/2007, de 25 de julio, por la que se establecen las bases reguladoras para la convocatoria de la subvención a empresas que colaboran en la gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social por enfermedad común y accidente no laboral en la Comunidad de Madrid, con las modificaciones introducidas en la presente Orden, se procede a efectuar la convocatoria de la subvención para el año 2008.

El artículo 2.1.b) del Decreto 23/2008, de 3 de abril, de Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica del Servicio Madrileño de Salud, atribuye la función de relación con las entidades colaboradoras de la Seguridad Social, en el ámbito del sistema sanitario de la Comunidad de Madrid, a la Dirección General de Atención Primaria. Dichas funciones estaban atribuidas anteriormente a la Dirección General de Atención al Paciente y Relaciones Institucionales, por lo que las referencias a esta que figuran en las Órdenes 1474/2006, de 27 de julio, y 1118/2007, de 25 de julio, deben entenderse atribuidas a la actual Dirección General de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud.

En base a todo lo anterior, a propuesta de la Dirección General de Atención Primaria del Servicio Madrileño de Salud, y en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 6 de la Ley 2/1995, de 8 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad de Madrid, en relación con el artículo 41 de la Ley 1/1983, de 13 de diciembre, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid,

DISPONGO

Capítulo I Artículos 1 y 2

Modificación de las bases reguladoras para la convocatoria de subvención a empresas que colaboran en la gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social por enfermedad común y accidente no laboral, aprobadas por Orden 1118/2007, de 25 de julio

Artículo 1

Modificación de la Orden 1118/2007, de 25 de julio, por la que se modifican las bases reguladoras de la subvención a empresas que colaboran en la gestión de la asistencia sanitaria de la Seguridad Social por enfermedad común y accidente no laboral, establecidas mediante Orden 1474/2006, de 27 de julio.

El artículo 1 de la Orden 1118/2007, de 25 de julio, de la Consejería de Sanidad, queda modificado como sigue:

Uno. El apartado c) del artículo 3 de la Orden 1474/2006, de 27 de julio, "Solicitudes y documentación", queda redactado del siguiente modo:

"c) Vida Laboral de la Empresa (VILEM), acreditativa del número e identidad de los trabajadores de los centros de trabajo ubicados en la Comunidad de Madrid, existentes en el mes de enero del año correspondiente a la convocatoria de la subvención. A estos efectos, la Entidad solicitante deberá cumplir lo establecido por la normativa específica en materia de protección de datos de carácter personal".

Dos. El apartado 2 del punto 2 del artículo 8 "Justificación y pago de la subvención", queda redactado del siguiente modo:

"2. Vida Laboral de la Empresa (VILEM), acreditativa del número e identidad de los...

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