DECRETO 215/2000, de 21 de septiembre, por el que se modifica el Decreto 270/1995, de 19 de octubre, de Estructura Orgánica de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes.

SecciónA - Disposiciones Generales
Rango de LeyDecreto

Desde la entrada en vigor del Decreto 270/1995, que establece la estructura y funciones de la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, han concurrido determinadas circunstancias que aconsejan introducir en dicho Decreto algunas modificaciones para adecuar la organización y funciones de la Consejería, en orden al mejor cumplimiento de sus funciones y funcionamiento del servicio público.

En primer lugar deber señalarse que la creación del Organismo Autónomo de Informática y Comunicaciones de la Comunidad de Madrid supuso la asignación al mismo de las funciones en materia de informática dentro de la Administración regional. Es por ello procedente suprimir de la estructura de la Consejería el Servicio del Centro Informático, carente ya de objeto por razón de la señalada reasignación de funciones.

Igualmente, la Ley de Ordenación de los Servicios Jurídicos de la Comunidad de Madrid prevé que los mismos dependerán orgánica y funcionalmente de la Dirección General de los Servicios Jurídicos, por lo que es también procedente suprimir de la estructura orgánica de la Consejería la Asesoría Jurídica, sin perjuicio de la coordinación que respecto de la misma ejercerá la Secretaría General Técnica.

En materia de urbanismo, debe señalarse la importancia que tiene la acción que desarrolla la Comunidad de Madrid en cuanto a la aprobación del planeamiento, su desarrollo y control en el municipio de Madrid. La complejidad del planeamiento de la capital y la importancia de los intereses que en el mismo se plasman, aconsejan la existencia dentro de la Dirección General de Urbanismo y Planificación Regional de un Servicio de Planeamiento y Control de Madrid Capital, dedicado en exclusiva a las funciones señaladas.

En lo que se refiere a la acción administrativa en materia de barreras arquitectónicas, la situación derivada de la aplicación del Decreto 71/1999, de 20 de mayo, por el que aprueba el Reglamento Sancionador en esta materia, podría ocasionar una fragmentación en la titularidad y ejercicio de las competencias sancionadoras regionales, que pudiera generar confusión en el ciudadano y las instituciones públicas.

Para afrontar esta situación se concentra la coordinación de las competencias en la materia en la Consejería de Obras Públicas, Urbanismo y Transportes, asignándose en concreto su ejercicio a la Dirección General de Arquitectura y...

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