ORDEN 2804/2003, de 27 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid menores de 20.000 habitantes para la realización de cursillos de aprendizaje de la natación.

SecciónC - Otras Disposiciones
Rango de LeyOrden

ORDEN 2804/2003, de 27 de mayo, del Consejero de Educación, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a municipios de la Comunidad de Madrid menores de 20.000 habitantes para la realización de cursillos de aprendizaje de la natación.

La promoción regional del deporte constituye una de las competencias que estatutariamente tiene atribuidas la Comunidad de Madrid y es, a su vez, una de las obligaciones que se derivan de la Ley 15/1994, de 28 de diciembre, del Deporte de la Comunidad de Madrid, que establece una serie de disposiciones orientadas a esta finalidad.

En el ejercicio de estas competencias, uno de los objetivos básicos de la Consejería de Educación es el desarrollo de una política de promoción físico-deportiva de ayuda y fomento de actividades deportivas.

La consecución de tales objetivos puede facilitarse a través de una actuación protagonista de los Ayuntamientos, como cauces inmediatos de participación ciudadana.

Por ello, atendiendo a la necesidad de adaptarse a criterios de publicidad, concurrencia y objetividad y en uso de las atribuciones que me han sido conferidas por el artículo 41.d), de la Ley 1/1983, de Gobierno y Administración de la Comunidad de Madrid, se dicta la presente Orden por la que se convoca para el año 2003 la concesión de subvenciones a municipios para la impartición de cursillos de aprendizaje de la natación, con arreglo a las siguientes

BASES

Primera

Objeto de la subvención

Las subvenciones convocadas mediante la presente Orden tienen por objeto financiar la realización de cursillos de aprendizaje de la natación en los meses de junio, julio y agosto de 2003.

A los fines señalados en esta convocatoria se destina un crédito de 91.898 euros, con cargo a la Partida 46390, Programa 526, del vigente presupuesto de gastos de la Comunidad de Madrid; este importe podrá verse incrementado en función de la disponibilidad presupuestaria.

Segunda

Beneficiarios

Podrán solicitar las subvenciones que se convocan por la presente Orden los Ayuntamientos de la Comunidad de Madrid, con menos de 20.000 habitantes, o sus entes municipales con personalidad jurídica independiente y que tengan asumidas competencias en materia deportiva.

Tercero

Solicitudes y documentación

Los interesados en estas ayudas deberán presentar el impreso de solicitud de ayuda conforme al modelo normalizado que se adjunta a esta convocatoria, junto a la documentación indicada en el apartado 16 de dicho impreso.

La solicitud estará firmada por el Alcalde-Presidente, o el Concejal-Delegado del Área de Deporte o, en su caso, por el responsable del ente municipal que tenga asumidas las competencias en materia de deportes.

Si tras el examen de la solicitud y documentación presentadas éstas resultasen incompletas o defectuosas, la Dirección General de Deportes...

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