Modificación puntual Normas Urbanísticas– Resolución de 29 de noviembre de 2011, por la que se hace pública la Orden 3826/2011, de 24 de noviembre, de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, por la que se aprueba definitivamente la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, relativo a la Unidad de Ejecución 4, “El Palancar”

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Medio Ambiente y Ordenacion del Territorio
Rango de LeyResolución

Por la excelentísima señora Consejera de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, con fecha 24 de noviembre de 2011, se dictó la Orden 3826/2011, del siguiente tenor literal:

Examinado el expediente obrante en esta Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, relativo a la Modificación Puntual de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, relativo a la Unidad de Ejecución 4, "El Palancar", procede hacer constar cuanto sigue: I. El expediente consta, en síntesis, de los siguientes antecedentes: 1. Con fecha 12 de agosto de 2008, el Pleno del Ayuntamiento de Lozoyuela-NavasSieteiglesias, por mayoría absoluta, adoptó el acuerdo de aprobación inicial de la Modificación Puntual de referencia, y someter el expediente al trámite de información pública por el plazo de un mes.

El expediente fue sometido al trámite de información pública por un período de un mes, mediante la publicación del correspondiente anuncio en el BOLETÍN OFICIAL DE LA

COMUNIDAD DE MADRID número 211, de fecha 4 de septiembre de 2008, y en el diario "El Mundo", en su edición de 8 de septiembre de 2008. No se presentaron alegaciones, tal y como acredita el certificado de la Secretaría del Ayuntamiento de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias de 28 de julio de 2011. 2. El Pleno del Ayuntamiento de Lozoyuela-Navas-Sieteiglesias, en sus sesiones de 21 de octubre de 2009, 25 de marzo de 2010 y 27 de julio de 2011, por mayoría absoluta, acordó aprobar provisionalmente la Modificación Puntual señalada y su remisión a la Comunidad de Madrid para su aprobación definitiva por el órgano autonómico competente, conforme lo regulado en los artículos 57.e) y 61.2 de la Ley 9/2001, de 17 de julio, de Suelo de la Comunidad de Madrid. 3. Constan en el expediente los informes de la Dirección General de Evaluación Ambiental de fechas 2 de junio de 2009 y 10 de octubre de 2011, de la Dirección General del Medio Ambiente de 28 de julio de 2010, de la Dirección General de Carreteras de 10 de diciembre de 2010 y de la Dirección General de Patrimonio Histórico de 28 de marzo de 2011. II. El ámbito de actuación objeto de la presente Modificación Puntual pertenece a la Unidad de Ejecución UE-4, "El Palancar". Está situada en el núcleo urbano de Lozoyuela, en suelo clasificado como suelo urbano no consolidado, al Oeste de la carretera N-I y al Sur de la carretera que se dirige a la estación de ferrocarril de Lozoyuela. La parcela tiene una superficie de suelo real de 14.779,43 metros cuadrados, si...

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