ORDEN 49/2007, de 11 de enero, del Consejero de Empleo y Mujer, por la que se convocan para el año 2007 subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en el ámbito de los centros integrados de empleo, establecién ­ dose las cuantías de las ayudas como compensación por gastos de funcionamiento.

SecciónC - Otras Disposiciones
EmisorConsejeria de Empleo y Mujer
Rango de LeyOrden

El Servicio Regional de Empleo, creado por la Ley 5/2001, de 3 de julio, se constituye para la realización, orientada al pleno empleo estable y de calidad de todas aquellas actividades de formación para el empleo, y de intermediación en el mercado de trabajo, en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid, dirigidas a facilitar a las personas desempleadas la obtención de un puesto de trabajo digno y adecuado, y a facilitar a las empresas la contratación de trabajadores y trabajadoras con formación y experiencia adecuada a sus necesidades de producción de bienes y servicios.

Al objeto de cumplir de una manera más ágil y eficaz sus objetivos, mediante el Decreto 65/2003, de 8 de mayo, por el que se regula la colaboración entre el Servicio Regional de Empleo y los Centros Integrados de Empleo.

El mencionado Decreto establece que tendrán la consideración de Centros Integrados de Empleo aquellos que, gestionados por los sindicatos y organizaciones empresariales de carácter intersectorial, que ostenten el carácter de más representativos en el territorio de la Comunidad de Madrid, lleven acabo una ejecución integrada de las políticas de empleo y formación que tenga el Servicio Regional de Empleo.

En la Orden 4686/2005, de 30 de diciembre, de la Consejería de Empleo y Mujer, se determinan las bases reguladoras de las subvenciones cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, en el ámbito de los Centros Integrados de Empleo. Asimismo, la Orden 1295/2006, de 6 de junio, del Consejero de Empleo y Mujer, modifica el párrafo segundo del apartado segundo del artículo 13 de la mencionada Orden, estableciendo que serán las Entidades Gestoras de los Centros Integrados de Empleo quienes actuarán en nombre y representación de las mismas.

En la Orden 4686/2005, de 30 de diciembre, de la Consejería de Empleo y Mujer, se establece, en su capítulo IV, la convocatoria de ayudas para el año 2006. La presente Orden fija dichas ayudas para el año 2007.

En su virtud, y de acuerdo con las competencias atribuidas en la legislación vigente,

DISPONGO

Artículo 1

Objeto de la convocatoria

La presente Orden tiene por objeto convocar para el año 2007 las subvenciones en régimen de concurrencia no competitiva (artículo 9 de la Orden 4686/2005, de la Consejería de Empleo y Mujer) destinadas a establecer las cuantías de las ayudas, dentro del ámbito de los Centros Integrados de Empleo y dirigidas a los sindicatos y organizaciones empresariales de carácter intersectorial que ostenten el carácter de más representativas en el territorio de la Comunidad de Madrid, así como las asociaciones empresariales integradas en las referidas organizaciones empresariales (artículo 5 de la Orden 4686/2005 de la Consejería de Empleo y Mujer).

Mediante la presente convocatoria, cuyas bases reguladoras se establecen en el capítulo I de la Orden 4686/2005, de 30 de diciembre, de la Consejería de Empleo y Mujer, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 6, de 7 de enero de 2006, y su modificación en la Orden 1295/2006, de 6 de junio, del Consejero de Empleo y Mujer, publicada en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID número 166, de 14 de julio de 2006, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 16 del Decreto 65/2003, de 8 de mayo, se compensará a los Centros Integrados de Empleo por sus gastos relativos a personal, renta de alquiler, teléfono, comunicaciones, electricidad, publicidad y otros gastos...

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